Entra en vigor ley aprobada por el Congreso para endurecer el régimen a grupos terroristas

​Entre las medidas más drásticas del articulado figura la eliminación completa de las visitas conyugales o íntimas para los procesados y condenados por terrorismo

  • Actualizado: 29 de septiembre de 2026 a las 12:01 -
Entra en vigor ley aprobada por el Congreso para endurecer el régimen a grupos terroristas

Tegucigalpa. El marco jurídico para contener el accionar del crimen organizado y restablecer el control sobre la población penal del país ya está en vigor.

Con la publicación oficial del Decreto Ley No. 208-2026 en el Diario Oficial La Gaceta número 37,256, cobró vigencia la Ley Especial para el Combate a Asociaciones Terroristas, Maras y Pandillas y el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario Nacional.

​La normativa aprobada por unanimidad en el pleno del Poder Legislativo establece un régimen penitenciario de máxima contención para los reclusos vinculados a estructuras criminales de alto impacto.

Las nuevas disposiciones aplican de manera directa a las personas privadas de libertad clasificadas como integrantes de agrupaciones terroristas por el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS).

​El estatus legal obliga a que estos internos permanezcan bajo custodia estatal en celdas de aislamiento individual de alta seguridad dentro de los recintos carcelarios.

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La norma suprime la convivencia colectiva y limita de forma drástica la movilidad interna de los privados de libertad, permitiendo desplazamientos únicamente bajo escolta permanente y en horarios previamente autorizados por la autoridad penitenciaria.

​A nivel de comunicación y contacto exterior, el cuerpo legal impone la restricción absoluta para poseer o acceder a teléfonos celulares, computadoras, televisores, radios y cualquier tipo de dispositivo electrónico.

Las entrevistas con apoderados legales quedan fijadas a una sesión semanal, mientras que las visitas familiares requerirán autorización previa y se ejecutarán a través de cristales divisorios o medios mecánicos controlados.

​Entre las medidas más drásticas del articulado figura la eliminación completa de las visitas conyugales o íntimas para los procesados y condenados por terrorismo.

Asimismo, las autoridades del Instituto Nacional Penitenciario (INP) mantendrán una política de cero tolerancia al ingreso de dinero en efectivo, alimentos, bebidas o artículos personales no aprobados por la dirección de cada establecimiento.

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​El esquema de reclusión limita los periodos de acondicionamiento físico a 30 minutos de calistenia diaria en el pasillo de su propio módulo penitenciario.

A su vez, el acceso al patio o áreas al aire libre se restringe a un máximo de una hora por semana, bajo modalidad individual o en grupos reducidos bajo estrecha vigilancia armada. En el ámbito operativo, los centros penales deberán instalar sistemas de vigilancia reforzada que incluyan monitoreo permanente mediante circuitos cerrados de televisión y sensores de movimiento.

La directiva del centro penitenciario instruirá requisas e inspecciones diarias en las celdas y sobre las personas para evitar el ingreso de objetos prohibidos. Con la puesta en marcha de este marco normativo, el Estado busca anular la capacidad operativa de las maras y pandillas desde el interior de las cárceles.

La ley dota a las fuerzas de seguridad e instituciones de inteligencia de mecanismos preventivos para frenar la transmisión de órdenes delictivas hacia el exterior.

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