Devolución de bienes incautados se disparó con Rebeca Obando al frente del Poder Judicial
Durante los tres años del mandato inconcluso de Rebeca Obando se ordenó la restitución de 548 bienes inmuebles y muebles. Gran parte de los activos retornan deteriorados, lo que deriva en demandas y hasta embargos
- Actualizado: 02 de agosto de 2026 a las 23:00 /
La gestión inconclusa de Rebeca Ráquel Obando al frente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), cargo al que renunció en marzo de 2026 tras tres años en el poder, dejó un saldo polémico: una cifra récord de bienes incautados que fueron devueltos.
Así lo revela un análisis realizado por la Unidad de Datos de LA PRENSA Premium a partir de registros facilitados por la Oficina Administradora de Bienes Incautados (Oabi), por medio de la solicitud SOL-OABI-247-2026.
El reporte expone la complejidad de la lucha contra el crimen organizado y de la estrategia de golpear sus activos: entre 2015 y principios de 2026 se ordenó la restitución de 778 bienes, entre inmuebles, vehículos e incluso embarcaciones.
Según sus representantes legales, varias de estas propiedades fueron devueltas a sus dueños en avanzado estado de deterioro, lo que ha generado un efecto búmeran: los afectados demandan a la Oabi y, en algunos casos, logran embargos contra la institución.
Los datos muestran que, durante la gestión de Obando en el Poder Judicial —quien no logró completar su mandato de siete años tras presentar su renuncia, aunque continúa como magistrada de la CSJ—, se registró un aumento significativo en la devolución de bienes incautados.
Durante el período de Rolando Argueta al frente de la Corte Suprema de Justicia, de febrero de 2016 a febrero de 2023, se reportó la devolución de 185 propiedades.
En contraste, durante los tres años del mandato inconcluso de Obando, de febrero de 2023 a marzo de 2026, la cifra se disparó a 548 bienes restituidos, casi el triple de lo registrado en la gestión de Argueta con apenas menos de la mitad de tiempo.
Aunque la restitución de bienes ha sido una práctica constante, las órdenes no superaban los 55 casos por año, detectó LA PRENSA Premium.
Ese patrón cambió en 2023, cuando asumió Obando y se ordenó la devolución de 413 bienes, entre inmuebles y vehículos.
El segundo año con más devoluciones fue 2025, con 86 casos reportados. En 2026, hasta febrero —cuando Obando seguía como máxima magistrada—, la cifra ascendía a 21.
De propiedades a vehículos
Un tribunal especializado, denominado juzgado de privación de dominio, puede ordenar el aseguramiento o la incautación de un bien si la Fiscalía logra establecer un mínimo indicio racional de que su titularidad o posesión deriva de actividades vinculadas con la criminalidad organizada.
El propietario debe demostrar el origen lícito de los productos, instrumentos y bienes. El juez puede dictar una sentencia de privación definitiva de dominio o, en su defecto, ordenar la revocatoria de la medida y la devolución de la propiedad.
Mientras se desarrollan las distintas fases del proceso, la Oficina Administradora de Bienes Incautados se encarga de administrar la propiedad. Si el bien pasa de manera definitiva al Estado, la institución decide si continúa bajo su administración o si lo subasta.
En ese sentido, la restitución de los bienes depende exclusivamente de las resoluciones emitidas por los juzgados de privación de dominio, no de la Oabi.
Entre 2022 y 2025, la mayoría de las posesiones retornadas eran vehículos: las unidades de distinta naturaleza superaron de manera significativa a los bienes inmuebles restituidos, con una cantidad 2.5 veces mayor.
En tanto, la mayoría de los bienes inmuebles retornados por orden de los juzgados durante la gestión de Obando corresponden a viviendas, con 48 casos.
Les siguen 23 terrenos baldíos y 18 apartamentos.
El lote de bienes restituidos también incluye 17 locales comerciales e igual número de terrenos con mejoras. En los reportes también aparecen fincas, hoteles, oficinas y hasta edificios.
En lo que respecta a los vehículos, los datos muestran un marcado predominio del equipo pesado. Los cabezales encabezan la lista, con 71 devoluciones reportadas. En segundo lugar están los remolques, con 67 casos, seguidos por los vehículos tipo pick-up, con 47.
El registro también incluye camionetas, furgones, retroexcavadoras e incluso grúas.
De los bienes devueltos, el 46% se sitúa en San Pedro Sula y el Distrito Central, con 66 y 60 propiedades, respectivamente. También resalta que Tocoa es el tercer municipio con más devoluciones, con 22.
Origen de los bienes
Uno de los bienes recientemente devueltos pertenece a la familia Urbina Soto, de Yoro, a cuyos miembros les aseguraron 13 propiedades en 2014, en una operación realizada por la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN) y la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (Fescco).
Varias de esas propiedades aseguradas, que actualmente están en litigio en un juzgado de privación de dominio, pertenecen al exalcalde de Yoro Arnaldo Urbina Soto, quien está preso en Estados Unidos por delitos vinculados con el tráfico de drogas.
Después de la operación de 2014, el Ministerio Público pidió al juzgado el aseguramiento de más de 50 bienes, entre casas, haciendas, vehículos, maquinaria agrícola, empresas y cuentas bancarias de los hermanos del exjefe municipal.
Recientemente, el juzgado ordenó la devolución de una propiedad denominada “La Casona”, mientras que la familia, por medio de su apoderado legal, ha pedido a la Oabi que ordene el desalojo, pues estaba asignada a una institución del Estado. Denunciaron, además, que la propiedad está deteriorada.
El exdirector de la Oabi, Marco Antonio Zelaya, afirmó a LA PRENSA Premium que, durante su gestión de 22 meses (2024-2026), se entregaron propiedades siguiendo las órdenes de los jueces. Los bienes solo son administrados por la institución, reafirmó.
“Solo damos cumplimiento a las órdenes del juez, ese es el trámite y así como se reciben los bienes son entregados” dijo.
Añadió que han sido devueltos vehículos, terrenos e inmuebles que fueron entregados a la Oabi.
El abogado penalista Benjamín Lavaire es del criterio de que lo fundamental es determinar si la devolución de bienes está sujeta a derecho, en vista de que se sigue un procedimiento: este comienza con el aseguramiento; luego, se establece un término para formalizar la acción, hasta llegar al juicio, en el que básicamente el objeto del proceso es determinar el origen lícito o ilícito del bien.
Si se logra demostrar el origen lícito, lo que procede es la devolución, explicó. Sin embargo, el procedimiento es híbrido: navega entre lo administrativo y lo civil, en referencia a que, mientras se resuelve sobre la procedencia de la propiedad, el Estado, a través de la Oabi, se encarga de su administración.
A su juicio, esta herramienta fue empleada de forma incorrecta por parte de la Fiscalía, porque, contra un número significativo de personas que fueron absueltas por el delito de lavado de activos, la Fiscalía interponía acciones ante un juzgado de privación, pero limitándose únicamente al bien.
Demandas y embargos
Lavaire recordó que se llegó a cuestionar si, efectivamente, habría o no un doble juzgamiento; sin embargo, se ha sostenido que una vía es la responsabilidad penal y otra, la privación de los bienes.
“El resultado de eso es lo que tenemos: los absuelven en la jurisdicción que tiene que ver con materia penal y, como la fiscalía no tiene más recursos que la confirmación, la (Corte) Suprema, se interpone en esas acciones ante privación (de dominio), y el resultado va a ser el mismo, por eso luego de eso no queda más que devolver los bienes”, expuso el abogado.
A su juicio, la mayoría de los bienes se administraron mal porque la oficina a cargo no alcanzó a cumplir su función debido a la carencia de infraestructura adecuada, la falta de personal y la ausencia de capacidades. “Por eso la mayoría, sobre todo inmuebles, están deteriorados”.
En tanto, los bienes muebles, como vehículos y embarcaciones, están totalmente destruidos.
Lo anterior ha derivado en las demandas que enfrenta la Oabi por casos en los que el juzgado de privación de dominio ordenó la devolución, pero los bienes ya no existen o están en mal estado.
“Los valores que han sido incautados, cuando el tribunal ordena la devolución de esas cantidades en efectivo, lo que sucede es que la Oabi dice que no tienen el dinero y no lo pueden devolver porque no está en sus haberes y eso incurre en las demandas e, incluso, embargos a las cuentas de esa institución”, cuestionó.
En febrero de 2026, las entonces autoridades de Oabi revelaron que la institución enfrentaba un embargo por 90 millones de lempiras en su presupuesto, lo que afectaba su operación.
Otros expertos penalistas que llevan casos de privación de dominio y lavado de activos apuntan que uno de los graves problemas que se han tenido es que, primero, la Oabi dependía del Ministerio Público y, después de 2014, pasó a ser una dependencia del Poder Ejecutivo, donde se tomaban esos valores indiscriminadamente. El problema se presentaba, finalmente, cuando no había una sentencia condenatoria o de privación que ordenara la extinción para que los bienes pasaran al Estado.
Metodología
- Los reportes se basan en los registros de bienes devueltos por la Oabi entre 2015 y febrero de 2026, obtenidos mediante la solicitud SOL-OABI-247-2026. La información se agrupó según los períodos de las últimas tres administraciones del Poder Judicial. Puede haber variaciones leves entre gestiones, según el mes en que los magistrados iniciaron sus funciones.