Entran en vigencia amnistías tributarias, municipales, vehiculares y de servicios públicos

El Instituto de la Propiedad mantendrá y reactivará los convenios de pago acordados durante los años 2024 y 2025, sujeto a que los contribuyentes continúen cumpliendo sus aportaciones

  • Actualizado: 04 de noviembre de 2026 a las 10:28 -
Entran en vigencia amnistías tributarias, municipales, vehiculares y de servicios públicos

Tegucigalpa. A partir de este miércoles, miles de contribuyentes y usuarios en morosidad tendrán un respiro financiero de dos meses para ponerse al día con sus obligaciones tributarias, los municipios y los servicios públicos sin pagar un tan solo lempira de multa o recargos.

​El esperado "borrón y cuenta nueva" entró oficialmente en vigor tras la publicación del Decreto No. 226-2026 en el Diario Oficial La Gaceta No. 37,284, abriendo una ventana de alivio que se extenderá de forma improrrogable hasta el 31 de diciembre.

El artículo 1 del decreto concede el beneficio de la amnistía tributaria para las obligaciones materiales o formales generadas o pendientes de cumplimiento hasta el 31 de diciembre del año 2025.

El mecanismo abarca a los obligados tributarios que cancelaron tributos de forma extemporánea o que mantienen saldos pendientes con el Servicio de Administración de Rentas (SAR).

Para gozar del perdón de multas, intereses y recargos, los contribuyentes deben cancelar el monto principal de los impuestos pendientes dentro del plazo legal estipulado.

"Los obligados tributarios quedan exonerados de multas, recargos e intereses generados por no presentar declaraciones o por pagos tardíos; sin embargo, para ser beneficiarios deben realizar el pago de los tributos pendientes", explica la normativa.

El IHSS condonará recargos y restablecerá cobertura

El artículo 2 autoriza al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) a exonerar de multas e intereses las deudas por aportes patronales y de trabajadores no ingresados de forma oportuna.

Los patronos del sector público y privado morosos deberán cancelar el capital adeudado en su totalidad o suscribir acuerdos de pago garantizados antes de la fecha límite fijada.

Un elemento de alto impacto social manda al IHSS a restablecer la atención médica y los servicios de protección social a los afiliados cuyos patronos regularicen sus cuentas pendientes.

Adicionalmente, las autoridades de la institución deberán sanear su cartera mediante la depuración de cuentas incobrables pertenecientes a personas fallecidas o empresas liquidadas.

Amnistía municipal y pronto pago

El artículo 3 estipula la amnistía tributaria municipal en las 298 alcaldías del país sobre tributos, tasas y contribuciones adeudadas hasta la fecha.

La exoneración aplica para recargos en vía administrativa o judicial, autorizando a las municipalidades a estructurar planes de pago que se extiendan más allá del periodo de vigencia del decreto.

De igual manera, el Congreso Nacional determinó ampliar por un plazo adicional de treinta días los descuentos correspondientes a la modalidad de "Pronto Pago".

Amnistía vehicular

El artículo 4 concede amnistía sobre la Tasa Única Anual por Matrícula de Vehículos, tasas registrales y contribuciones viales tramitadas ante el Instituto de la Propiedad (IP).

La medida beneficia a los propietarios en mora por el periodo fiscal 2024 y años anteriores, permitiéndoles cancelar la tasa básica libre de cobros por mora o sanciones.

Asimismo, el Instituto de la Propiedad mantendrá y reactivará los convenios de pago acordados durante los años 2024 y 2025, sujeto a que los contribuyentes continúen cumpliendo sus aportaciones.

Agua potable y reconexiones de servicio

El artículo 5 libera de recargos, intereses moratorios y costos por reconexión a los usuarios del servicio de agua potable y saneamiento a nivel nacional.

La condonación aplica a las deudas contraídas con prestadores estatales, municipales, juntas de agua, patronatos o empresas concesionadas públicas o privadas.

Los usuarios interesados deben cancelar el saldo neto consumido y firmar convenios de pago, facultándose también a las instituciones públicas para realizar compensaciones de deuda.

Amnistía energética

El artículo 6 aprueba la amnistía para el pago de multas, intereses y obligaciones accesorias acumuladas ante la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) hasta el 31 de diciembre de 2025.

Los abonados de la estatal eléctrica podrán pagar la facturación neta por energía consumida o suscribir convenios de financiamiento para saldar sus compromisos.

Evaluación

El artículo 7 ordena a las instituciones estatales, descentralizadas y municipales presentar un informe detallado sobre el impacto financiero logrado durante el periodo de amnistías.

El documento deberá entregarse al Congreso Nacional dentro de los sesenta días posteriores a la finalización de los beneficios para evaluar la efectividad de las medidas adoptadas.

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