Honduras
Acceso con registro
Previo al vencimiento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al período 2025, el Servicio de Administración de Rentas (SAR) trabaja en horario especial durante los fines de semana a nivel nacional.
Asimismo, la institución instó a los contribuyentes a realizar sus declaraciones con anticipación para evitar contratiempos de última hora y recordó que también se mantienen habilitadas las plataformas digitales para cumplir con esta obligación tributaria.
Como parte de estas medidas, el SAR ofreció atención especial los sábados 18 y 19, una jornada que se extenderá este 25 y 26 de abril en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., con el propósito de apoyar a la ciudadanía previo al vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada, establecido para el 30 de abril.
Esta iniciativa busca ampliar las opciones de atención para los contribuyentes, permitiéndoles realizar sus trámites con mayor flexibilidad y recibir asistencia directa del personal técnico del SAR.
Más de 43 mesas de atención y oficinas del SAR operan en los 18 departamentos del país. En las oficinas, el horario de atención es de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., mientras que las mesas ubicadas en centros comerciales atienden de 10:00 a.m. a 6:00 p.m.
La institución brinda asesoría para el llenado de declaraciones juradas del ISR, actualización del Registro Tributario Nacional (RTN) y contratos de adhesión, registro de exoneraciones y exenciones, consultas de saldos y cuenta corriente, así como la recepción de solicitudes presenciales, incluyendo notificaciones de baja de obligaciones, revaluación de activos, descargos de inventarios y activos fijos, entre otros trámites administrativos.
Los contribuyentes pueden acceder a los servicios del SAR a través de atención presencial, call center y citas virtuales.
Para mayor información sobre requisitos, fechas clave, modalidades de declaración y medios de pago del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al período fiscal 2025, los contribuyentes pueden ingresar a: https://www.sar.gob.hn/isr-2025/
Las personas naturales con ingresos netos anuales mayores a L217,493.16 están obligadas a presentar y pagar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Se exceptúan de esta obligación las personas naturales asalariadas que hayan trabajado para una misma institución durante el período fiscal y que hayan cumplido totalmente con el pago del ISR mediante el sistema de retención en la fuente, siempre que esta sea su única fuente de ingreso.
En caso de que los ingresos no superen los L217,493.16 y se haya presentado declaración en períodos anteriores, se puede optar por presentar, antes del 30 de abril, la Notificación de Suspensión de Obligación del ISR para el período fiscal 2025, por no superar la base exenta.
Además, todas las personas jurídicas, como sociedades civiles y mercantiles, cooperativas, empresas asociativas y, en general, asociaciones o entidades con personalidad jurídica, están obligadas al pago del ISR. Estas deberán tributar el 25 % sobre el total de la renta neta gravable, independientemente de su tamaño o tipo, y presentar la declaración mediante la oficina virtual del SAR antes del 30 de abril.
El SAR estima atender a más de dos mil personas durante este horario especial en sus diferentes puntos de atención.
Las sanciones por no presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISR) incluyen multas económicas, recargos por intereses moratorios y posibles auditorías fiscales.
El incumplimiento puede generar recargos del 3% mensual sobre el impuesto omitido, además de multas establecidas por el Servicio de Administración de Rentas (SAR). La omisión también puede acumular recargos de hasta el 36 % y, en casos graves, derivar en responsabilidad penal.