Las personas que han perdido a su cónyuge pueden acceder a una pensión por viudez, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), que garantiza este beneficio económico como parte de la protección social.
De acuerdo con la normativa vigente, el viudo o la viuda debidamente acreditada ante el IHSS tiene derecho a recibir una pensión vitalicia equivalente al 40% de la pensión que percibía el asegurado fallecido, o de la que este habría tenido derecho a recibir en caso de invalidez o vejez.
La normativa establece que, en caso de que la viuda o el viudo contraiga matrimonio nuevamente, tendrá derecho a recibir, por única vez, un monto equivalente a 12 mensualidades de la pensión que venía percibiendo.
En cuanto al proceso de solicitud, autoridades del IHSS informaron que este trámite debe realizarse en las direcciones generales de atención de pago de la oficina regional correspondiente. La gestión puede efectuarse de manera personal, a través de un apoderado legal o mediante un gestor oficioso.
Los requisitos
Para iniciar el proceso, el solicitante debe presentar los siguientes documentos: acta de defunción original del asegurado directo fallecido o pensionado en el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (RIVM); certificado de nacimiento original del fallecido; acta de matrimonio o unión de hecho del solicitante (original); y copia del DNI del fallecido y del solicitante.
Autoridades del IHSS reiteraron la importancia de que los beneficiarios cumplan con todos los requisitos establecidos, con el fin de agilizar el proceso y garantizar el acceso a este derecho.
La fecha límite para realizar los trámites de viudez es de un año a partir de la fecha del fallecimiento del asegurado.
Pensión por invalidez
El Instituto Hondureño de Seguridad Social informó que los trabajadores que sufran una disminución en su capacidad laboral pueden optar a una pensión por invalidez, siempre que cumplan con los criterios establecidos por la normativa vigente.
Este derecho se adquiere cuando el asegurado pierde el 65% o más de su capacidad para trabajar, ya sea a causa de una enfermedad, lesión o accidente de origen común. Sin embargo, las autoridades aclaran que este beneficio no aplica en casos donde la condición haya sido provocada de manera intencional.
La institución reiteró su compromiso de brindar protección a los trabajadores que enfrentan limitaciones físicas o de salud, asegurando el acceso a este tipo de prestaciones en situaciones de vulnerabilidad.
Para iniciar el proceso, el asegurado debe presentar su solicitud a través de la Secretaría General en la oficina regional correspondiente. Este trámite es fundamental para evaluar cada caso y determinar la procedencia del beneficio.
Los documentos a presentar son: partida de nacimiento original, copia del DNI y copia de la última incapacidad o dictamen médico correspondiente.
El asegurado debe ser declarado inválido por la Comisión Técnica de Invalidez, conforme a las normas reglamentarias aplicables. Además, debe acreditar 36 cotizaciones mensuales en los últimos seis años en casos de invalidez por enfermedad común, o al menos ocho cotizaciones mensuales en los últimos dos años en caso de invalidez por accidente común, según el boletín del IHSS.
Autoridades del IHSS señalaron que es necesario presentar la documentación requerida para respaldar la solicitud, con el objetivo de verificar la condición médica del solicitante y garantizar un proceso transparente.
Se recomienda seguir los requisitos establecidos paso a paso para asegurar y concluir la gestión.