En algunos países de América Latina se asocia con corrupción, pero la realidad es otra. Actualmente es un instrumento jurídico que puede coadyuvar al Estado en la ejecución y administración de proyectos de inversión pública.
Se trata de los fideicomisos que consisten en un negocio jurídico, en virtud del que una persona denominada fideicomitente (fiduciante o transmitente) transfiere uno o más bienes o derechos de su propiedad a otra persona llamada fiduciario, con el encargo de que los administre o enajene, y que con el producto de su administración cumpla una finalidad en el acto constitutivo a favor de un fideicomisario o beneficiario.
En Honduras esta figura legal se encuentra regulada en el Código del Comercio que en su artículo 1033 establece que “el fideicomiso es un negocio jurídico con el que se atribuye al banco autorizado para operar como fiduciario la titularidad dominical sobre ciertos bienes, con la limitación de carácter obligatorio de realizar solo aquellos actos exigidos para cumplimiento del fin lícito y determinado al que se destinan.
Al cierre de 2025 los activos administrados en fideicomisos en el país ascendieron a 184,952.6 millones de lempiras, equivalentes a 7,550 millones de dólares, y que representó el 24% del Producto Interno Bruto (PIB), de acuerdo con cifras de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).
Dinero y Negocios (D&N) participó en el conversatorio “Herramientas financieras de impulso a la economía” auspiciado por la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (Ahiba), en el que se abordó la temática de los fideicomisos a través del especialista y conferencista internacional, Jorge Porras.
Beneficios. Como instrumento de administración, los fideicomisos son mucho más ágiles que las instituciones estatales, ya que su finalidad se concentra en cumplir los objetivos establecidos, se destaca como uno de los beneficios.
Aunque los recursos están bajo la administración de una entidad privada (bancos autorizados por la CNBS) siguen siendo bienes de origen público, por lo que pueden ser fiscalizados por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), auditorías externas, entre otras.
Por medio de esta figura se puede realizar contratación de manera más ágil, ya que sigue los principios de la contratación, pero no los procedimientos recursivos.
Utilidad y cambios. “Los fideicomisos con una herramienta, un instrumento nada más que sirve para algunas cosas, pero no para todo; el Estado lo primero que tiene que determinar antes de hacer un fideicomiso es si este es el adecuado para construir un propósito y cumplir con aspectos como tener una función fiscalizadora, contralora de que el fiduciario esté haciendo bien las cosas”, manifestó Porras.
Sostuvo que “hay que aprender de los errores del pasado para no cometerlos otra vez, este es un segundo aire que le estamos dando a la figura -refiriéndose a los fideicomisos- y hay que saber hacerlo bien”.
Honduras no dispone de una legislación sobre fideicomisos, pero se requiere una revisión del marco legal vigente y proceder a actualizarse por la CNBS, destacó el también creador de la Metodología para la Evaluación y Calificación Fiduciaria.
De su lado, la directora ejecutiva de la Ahiba, María Lydia Solano, consideró que “la figura fiduciaria tiene la virtud de que el banco puede salir a la consecución de los fondos y puede después rendir cuentas de su uso.
Los fiduciarios en los departamentos de fideicomisos están preparados, han tenido una trayectoria de preparación y tenemos de regulador a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros que puede hacer una revisión del reglamento y sobre las lecciones aprendidas hacer la rendición de cuentas en los momentos oportunos”