Ley Electoral no fija el 30 de mayo como fecha límite para inscripción de candidatos que no fueron a primarias

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Aunque Marlon Ochoa afirmó que el 30 de mayo es el plazo legal, el artículo 213 de la Ley Electoral no establece una fecha específica para inscribir a los candidatos de partidos que no participaron en primarias

  • 06 de mayo de 2025 a las 19:01 -
Ley Electoral no fija el 30 de mayo como fecha límite para inscripción de candidatos que no fueron a primarias

San Pedro Sula, Honduras
El consejero del Consejo Nacional Electoral (CNE), Marlon Ochoa, afirmó que los partidos políticos que no participaron en las elecciones primarias deben inscribir a sus candidatos el 30 de mayo, un día después de la convocatoria a las elecciones generales.

"La ley manda que los candidatos de los partidos políticos que no participaron en elecciones primarias deben ser inscritos el 30 de mayo si cumplen los requisitos", aseguró.

No obstante, esta afirmación no tiene sustento legal. El artículo 213 de la Ley Electoral establece que el CNE debe inscribir de oficio a los candidatos ganadores de las elecciones primarias al día siguiente de la convocatoria a las elecciones generales.

Este año, la convocatoria está prevista para el 29 de mayo, por lo que el registro sería el 30 de mayo. Sin embargo, la ley no fija ese día como fecha límite para la inscripción de los candidatos de partidos que no participaron en las internas.

LA PRENSA Verifica pidió comentarios a Ochoa por su aseveración, pero no obtuvo respuesta.

Sin fecha específica en la ley

Una revisión al artículo 213 confirma que no existe una fecha fatal o límite establecida para los partidos que no acudieron a primarias, y que el cronograma lo define el CNE.

“El Consejo Nacional Electoral (CNE) debe inscribir de oficio, para la participación en las elecciones generales, a los candidatos que resultaren electos en el proceso electoral primario de cada Partido político bajo cualquiera de las modalidades autorizadas en la presente ley, el día siguiente de haberse efectuado la convocatoria a elecciones generales”, dice textualmente el artículo.

Captura de pantalla al artículo 213 de la Ley Electoral.

La ley no fija ese día como fecha límite para la inscripción de los candidatos de partidos que no participaron en las internas.

Lo que sí establece es que estos partidos pueden inscribir a sus aspirantes si cumplen con ciertos requisitos, como presentar fórmulas presidenciales, listas completas para el Parlamento Centroamericano y el Congreso Nacional en al menos 14 departamentos, así como candidaturas municipales en un mínimo de 200 municipios.

Esto ha sido reiterado por expertos consultados por LA PRENSA Verifica.

Julio Navarro, exconsejero del CNE, recordó que en las elecciones generales de 2021, la fecha límite para la inscripción de estos partidos fue el 15 de junio, más de dos semanas después de la convocatoria del 27 de mayo de ese año.

Por su parte, Germán Lobo, también exconsejero del CNE, explicó que existe un vacío legal en torno al tema, y que es el CNE el que establece los plazos mediante su cronograma electoral.

La presidenta actual del CNE, Cossette López, también aclaró: “La ley no establece un plazo para que presenten nóminas los partidos que no participaron en primarias, pero es absurdo que los obliguemos antes de la convocatoria”.

En conclusión, la Ley Electoral no establece como fecha límite el 30 de mayo para inscribir candidatos de partidos que no participaron en elecciones primarias, pese a lo que dice Marlon Ochoa.

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José Quezada
José Quezada
jose.quezada@elheraldo.hn

Coeditor en LA PRENSA Verifica y El Heraldo Verifica. Principalmente hace fact-checking político, pero también desmiente bulos, trata y visualiza datos. Licenciado en Periodismo por la UNAH.

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