Contratación expedita es válida tras licitaciones fallidas, pero no es única opción

Verdad a medias

La información es correcta pero omite elementos clave del contexto.

Aunque se permite contratación expedita tras licitaciones fallidas, el CNE debe invitar a tres oferentes y puede usar otras vías legales si es necesario

  • 23 de septiembre de 2025 a las 11:32 -
Contratación expedita es válida tras licitaciones fallidas, pero no es única opción

San Pedro Sula, Honduras
Marlon Ochoa, consejero del Consejo Nacional Electoral (CNE), afirmó que cuando un proceso de licitación se declara desierto o fracasado, se recurre a la contratación expedita, conforme a lo que establece la ley especial.

“La ley especial que nos rige, contenida en el Presupuesto Especial, establece que cuando un proceso se declara desierto o fracasado, pasamos a una contratación expedita” (minuto 1:27 del video).

Esta afirmación es una verdad a medias. Si bien es cierto que el Presupuesto Especial para Elecciones permite recurrir a la contratación expedita cuando una licitación falla, no es la única alternativa legal disponible para el órgano electoral.

Además, el procedimiento exige que el CNE invite al menos a tres oferentes y existen otras vías legales contempladas en la normativa electoral y administrativa.

Las declaraciones de Marlon Ochoa se dieron luego de que el CNE declarara fracasada la licitación para adquirir equipos y servicios de conectividad satelital.

Este servicio es fundamental para los más de 1,700 centros de votación en zonas sin acceso a internet o señal móvil, previo a las elecciones generales del 30 de noviembre de 2025.

EH Verifica solicitó a Ochoa ampliar su declaración, pero no se obtuvo respuesta al cierre de esta publicación.

Lo que dice la ley

El artículo 6, numeral 6 del Presupuesto Especial para Elecciones Generales 2025 establece que, tras declarar un proceso desierto (sin oferentes) o fracasado (ofertas no válidas), el CNE puede recurrir a contratación expedita, un mecanismo abreviado para adquirir bienes o servicios de forma más ágil.

Pero la ley también indica que se debe invitar al menos a tres empresas que cumplan con el perfil requerido. Estas deben presentar sus ofertas técnicas y financieras en plazos más cortos que los habituales.

El exconsejero del CNE, Julio Navarro, explicó que “el CNE debe invitar compañías que cumplan con los requisitos técnicos y financieros, según los términos de referencia, y dentro de un plazo establecido”.

No es la única vía

Si la contratación expedita no resuelve el problema, la ley establece que el CNE puede recurrir a otras opciones, entre ellas: aplicar de forma supletoria la Ley de Contratación del Estado y su reglamento; reformular los términos de referencia y relanzar la licitación, y usar mecanismos excepcionales, como compras internacionales justificadas, si están contempladas en la normativa vigente.

La propia ley señala: “Este procedimiento (compras internacionales) será aplicable a los procesos declarados desiertos o fracasados, así como a aquellos realizados mediante contratación expedita”.

En conclusión, la afirmación del consejero Marlon Ochoa es una verdad a medias. Si bien es cierto que la ley contempla el uso de la contratación expedita tras procesos fallidos, no es la única vía legal disponible, ni es automática.

El CNE está obligado a cumplir con ciertos requisitos como invitar al menos a tres oferentes, y puede aplicar otros mecanismos como relanzar licitaciones, aplicar la Ley de Contratación del Estado o recurrir a compras internacionales justificadas, según lo establece el marco normativo electoral.

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José Quezada
José Quezada
jose.quezada@elheraldo.hn

Coeditor en LA PRENSA Verifica y El Heraldo Verifica. Principalmente hace fact-checking político, pero también desmiente bulos, trata y visualiza datos. Licenciado en Periodismo por la UNAH.

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