San Pedro Sula, Honduras
Marlon Ochoa, consejero del Consejo Nacional Electoral (CNE), afirmó que cuando un proceso de licitación se declara desierto o fracasado, se recurre a la contratación expedita, conforme a lo que establece la ley especial.
“La ley especial que nos rige, contenida en el Presupuesto Especial, establece que cuando un proceso se declara desierto o fracasado, pasamos a una contratación expedita” (minuto 1:27 del video).
Esta afirmación es una verdad a medias. Si bien es cierto que el Presupuesto Especial para Elecciones permite recurrir a la contratación expedita cuando una licitación falla, no es la única alternativa legal disponible para el órgano electoral.
Además, el procedimiento exige que el CNE invite al menos a tres oferentes y existen otras vías legales contempladas en la normativa electoral y administrativa.
Las declaraciones de Marlon Ochoa se dieron luego de que el CNE declarara fracasada la licitación para adquirir equipos y servicios de conectividad satelital.
Este servicio es fundamental para los más de 1,700 centros de votación en zonas sin acceso a internet o señal móvil, previo a las elecciones generales del 30 de noviembre de 2025.
EH Verifica solicitó a Ochoa ampliar su declaración, pero no se obtuvo respuesta al cierre de esta publicación.
Lo que dice la ley
El artículo 6, numeral 6 del Presupuesto Especial para Elecciones Generales 2025 establece que, tras declarar un proceso desierto (sin oferentes) o fracasado (ofertas no válidas), el CNE puede recurrir a contratación expedita, un mecanismo abreviado para adquirir bienes o servicios de forma más ágil.
Pero la ley también indica que se debe invitar al menos a tres empresas que cumplan con el perfil requerido. Estas deben presentar sus ofertas técnicas y financieras en plazos más cortos que los habituales.
El exconsejero del CNE, Julio Navarro, explicó que “el CNE debe invitar compañías que cumplan con los requisitos técnicos y financieros, según los términos de referencia, y dentro de un plazo establecido”.
No es la única vía
Si la contratación expedita no resuelve el problema, la ley establece que el CNE puede recurrir a otras opciones, entre ellas: aplicar de forma supletoria la Ley de Contratación del Estado y su reglamento; reformular los términos de referencia y relanzar la licitación, y usar mecanismos excepcionales, como compras internacionales justificadas, si están contempladas en la normativa vigente.
La propia ley señala: “Este procedimiento (compras internacionales) será aplicable a los procesos declarados desiertos o fracasados, así como a aquellos realizados mediante contratación expedita”.
En conclusión, la afirmación del consejero Marlon Ochoa es una verdad a medias. Si bien es cierto que la ley contempla el uso de la contratación expedita tras procesos fallidos, no es la única vía legal disponible, ni es automática.
El CNE está obligado a cumplir con ciertos requisitos como invitar al menos a tres oferentes, y puede aplicar otros mecanismos como relanzar licitaciones, aplicar la Ley de Contratación del Estado o recurrir a compras internacionales justificadas, según lo establece el marco normativo electoral.