19/04/2024
02:48 PM

Hondureños tendrán segunda opción para reclamos de energía eléctrica

La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), lanzó el Sistema de Atención al Usuario del Servicio Energético a nivel nacional.

San Pedro Sula, Honduras

Una de las constantes quejas de los abonados de energía eléctrica es que sus reclamos y solicitudes no son atendidas por la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (Enee) y la Empresa Energía Honduras (EEH).

Sin embargo, ahora podrán tener una segunda opción, esperando que sea la ultima instancia para agotar en la búsqueda de soluciones a sus problemas del servicio de energía.

La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), lanzó el Sistema de Atención al Usuario del Servicio Energético a nivel nacional, el cual consiste en la elaboración de un formulario web para dar seguimiento a los casos de los usuarios del servicio eléctrico que han presentado sus reclamos ante las empresas distribuidoras (Enee y EEH) y que no han tenido respuesta.

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Este formulario está disponible en la página web oficial de la comisión www.cree.gob.hn, donde ingresara a la sección de denuncias y reclamos en la que encontrara el link para llenar el formulario.

Una de las funciones de la CREE es expedir las regulaciones y reglamentos necesarios para la mejor aplicación de esta y el adecuado funcionamiento del subsector eléctrico.

En virtud de lo cual se crea el Reglamento de Servicio Eléctrico de Distribución y la Norma Técnica de Calidad de Distribución para regular la actividad de distribución de energía eléctrica en el país.

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Si la empresa distribuidora responsable no brinda una respuesta satisfactoria agotando todas las instancias dentro de esta, o no responde en el plazo establecido, se puede presentar el reclamo ante la CREE por situaciones relacionadas con:

- Conexión

- Facturación

-Cobros

-Aplicación de Tarifas.

-Fallas en el Servicio Eléctrico

- Fallas en el alumbrado público-Calidad en el Servicio Eléctrico, como por ejemplo bajo voltaje, entre otros aspectos vinculados a la prestación del Servicio Eléctrico brindado al Usuario.

La CREE tiene 10 días hábiles de acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo para analizar y contestarle al abonado, a menos que se requiera información complementaria de parte de la Comisión al usuario que interpone el reclamo.