Con la reciente aprobación del salario mínimo en Honduras, las multas calculadas con base en este estipendio mensual también aumentaron su valor. Un ejemplo es la sanción económica por la circulación de dos hombres en una misma motocicleta, una penalización tan onerosa que resulta más barato respetar la ley.
La ley prohíbe que dos hombres circulen en una misma motocicleta en los municipios incluidos en la restricción, entre ellos Tegucigalpa, Talanga, San Pedro Sula, Choloma y La Lima.
Ampliando, por departamento y municipio así se mantiene la prohibición: Cortés: Choloma, San Manuel, Santa Cruz de Yojoa, San Francisco de Yojoa, Omoa, Puerto Cortés, La Lima y San Pedro Sula.
Atlántida: La Ceiba, Tela, Jutiapa y San Francisco. Yoro: El Progreso, Victoria, Santa Rita y El Negrito. Colón: Sabá, Limón y Tocoa. Olancho: Catacamas y El Paraíso: Morocelí, Trojes y Danlí.
En Francisco Morazán: Tegucigalpa y Talanga. Comayagua: Comayagua, Siguatepeque y La Libertad. La Paz: La Paz mientras que en Lempira: San Sebastián.
La medida, vigente desde el Decreto Legislativo 91-2012, fue aprobada como una disposición de seguridad para reducir delitos cometidos desde motocicletas.
La sanción establece que, por primera vez, se aplica el decomiso de la licencia y la motocicleta por 45 días, más una multa equivalente a un salario mínimo.
Con el salario mínimo promedio vigente en Honduras para 2026, de L14,917.20, la multa sería de L14,917.20. En caso de reincidencia, la sanción sube a 60 días de decomiso y una multa equivalente a cuatro salarios mínimos, es decir, aproximadamente L59,668.80.
La Policía Nacional y la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT) lanzaron nuevas advertencias a los conductores que incumplan la prohibición de que dos hombres circulen en una misma motocicleta en municipios donde la medida continúa vigente.
El portavoz policial, subinspector Joaquín Díaz, recordó que la disposición se mantiene activa en zonas consideradas de alta peligrosidad o con alta incidencia de muertes violentas, entre ellas Tegucigalpa y Talanga.
Según explicó, quienes violen la normativa pueden enfrentar sanciones que incluyen multas económicas, decomiso de la licencia de conducir y retención de la motocicleta por varios días.
La prohibición está amparada en el decreto legislativo 91-2012, aprobado el 30 de mayo de 2012 y publicado en el diario oficial La Gaceta el 12 de julio de ese mismo año.
La medida fue impulsada como una estrategia para reducir delitos cometidos desde motocicletas, especialmente casos de sicariato.
De acuerdo con la normativa, la primera infracción contempla el decomiso de la licencia y de la motocicleta durante 45 días, además de una multa equivalente a un salario mínimo. En caso de reincidencia, la sanción aumenta a 60 días de decomiso y una multa equivalente a cuatro salarios mínimos.
Aunque la disposición lleva más de una década en vigor, continúa generando rechazo entre ciudadanos que aseguran que la medida afecta principalmente a familias de bajos recursos que dependen de una motocicleta como único medio de transporte.
Las autoridades recomendaron a la población acatar la medida en los municipios donde permanece vigente para evitar sanciones durante los operativos que realizan los agentes de tránsito a nivel nacional.