Un memorando del Poder Judicial que instruye a jueces, juezas y dependencias administrativas a incorporar registros sobre “identidad de género autopercibida” en actuaciones y sistemas de información judicial abrió un nuevo debate jurídico y social en Honduras.
La disposición, contenida en el Memorando No. 02-2026, implica que dentro de los procesos, expedientes o registros internos del sistema judicial se tome en cuenta la forma en que una persona se identifica en cuanto a su género, más allá del sexo consignado oficialmente en sus documentos.
En otras palabras, si en la práctica, esto significa que si una persona aparece registrada como mujer, pero ante el sistema judicial manifiesta identificarse como hombre, el juzgado debería tratarla y registrarla conforme a esa identidad autopercibida dentro de las actuaciones judiciales.
Ese es el punto que generó el rechazo del Movimiento Por Nuestros Hijos, que cuestiona que una categoría de esta naturaleza sea introducida mediante una instrucción administrativa y no a través de una reforma legal discutida y aprobada por el Congreso Nacional.
Rechazo total a disposición del Poder Judicial
El Movimiento Por Nuestros Hijos expresó su rechazo al Memorando No. 02-2026 del Poder Judicial, mediante el cual se instruye a juezas, jueces y dependencias administrativas a incorporar registros relacionados con la “identidad de género auto percibida” en actuaciones y sistemas de información judicial.
A través de un pronunciamiento público, la organización manifestó su preocupación por los alcances de la disposición y cuestionó que este tipo de registros sean incorporados por la vía administrativa, sin una discusión legislativa previa en el Congreso Nacional.
“Es gravísimo que, bajo el argumento de inclusión y no discriminación, se pretenda introducir en la práctica judicial conceptos que no han sido objeto de desarrollo legislativo expreso por parte del Congreso Nacional”, señaló el movimiento en el comunicado.
La organización sostuvo que el Poder Judicial se habría extralimitado en sus funciones administrativas al emitir el memorando, al considerar que una medida de esa naturaleza corresponde al ámbito legislativo y no a una instrucción interna del sistema judicial.
Según el pronunciamiento, la obligatoriedad de estas disposiciones podría abrir la puerta a la institucionalización de criterios que, a juicio del movimiento, contradicen la visión cultural, antropológica y religiosa de la mayoría de las familias hondureñas.
“Normalizar este tipo de categorías en el sistema judicial sienta un precedente directo que puede extenderse a los entornos educativos, de salud y de protección de la infancia, exponiéndola a contenidos y decisiones contrarios a su interés superior”, advirtió la organización.
El Movimiento Por Nuestros Hijos argumentó que la Constitución de la República establece límites claros para cada poder del Estado y que las modificaciones sustanciales en materias relacionadas con el estado civil, la identidad legal de las personas o los registros públicos deben ser discutidas y aprobadas por los órganos facultados para legislar.
En ese sentido, afirmó que la incorporación institucional de categorías asociadas a la identidad de género genera incertidumbre jurídica y social sobre el alcance futuro de estas medidas, además de posibles confusiones en la aplicación de la normativa vigente.
La organización citó varios artículos constitucionales que, según su criterio, podrían verse vulnerados con la implementación del memorando. Entre ellos mencionó los artículos 1 y 59 de la Constitución, relacionados con la forma de Estado, la dignidad de la persona humana y los derechos fundamentales.
También hizo referencia al artículo 112, al sostener que el Estado protege el matrimonio, la maternidad y la familia. Según el movimiento, cualquier política que modifique la concepción jurídica de la persona en relación con el sexo biológico puede tener efectos sobre los pilares de la familia y los registros civiles.
Además, mencionó el artículo 218 de la Constitución, bajo el argumento de que corresponde exclusivamente al Poder Legislativo crear, reformar o derogar leyes, por lo que el Poder Judicial no debería introducir disposiciones de este tipo mediante un memorando institucional.
Tras expresar su rechazo, el Movimiento Por Nuestros Hijos solicitó al presidente de la Corte Suprema de Justicia dejar sin valor ni efecto el Memorando No. 02-2026, al considerar que su aplicación podría generar controversias jurídicas y sociales.
La organización también pidió al Ministerio Público evaluar la legalidad de la disposición y, de corresponder, promover las acciones necesarias para resguardar el Estado de derecho.
Asimismo, llamó al presidente de la República a mantener un compromiso con los valores de la familia hondureña y exhortó a la sociedad civil a mantenerse informada y activa frente a este tipo de decisiones institucionales.
“Honduras es una nación soberana con valores profundamente arraigados en la fe, la familia y la justicia”, concluyó el comunicado del movimiento.