Hasta 10 años de prisión enfrentarían conductores que manejen bajo efectos de sustancias

El proyecto establece una pena de dos a cinco años de prisión para quienes conduzcan vehículos livianos después de consumir bebidas alcohólicas o bajo los efectos de drogas tóxicas, sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas

Hasta 10 años de prisión enfrentarían conductores que manejen bajo efectos de sustancias

Tegucigalpa, Honduras. Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas podría convertirse en motivo suficiente para enfrentar una pena de hasta 10 años de prisión en Honduras, si se aprueba el proyecto de ley Ruta Segura, presentado por el diputado liberal Alex Berríos.

La iniciativa plantea reformar el artículo 323 del Código Penal para establecer penas diferenciadas según el tipo de vehículo y eliminar el requisito de demostrar que la conducta puso concretamente en peligro la vida o la integridad física de otra persona.

El proyecto establece una pena de dos a cinco años de prisión para quienes conduzcan vehículos livianos después de consumir bebidas alcohólicas o bajo los efectos de drogas tóxicas, sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas.

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En el caso de quienes conduzcan vehículos pesados bajo esas mismas condiciones, la sanción propuesta aumenta a cinco a 10 años de cárcel, la clasificación de vehículos livianos y pesados se regiría por la legislación y la reglamentación vigente en materia de tránsito.

“Simple y sencillamente con que un hondureño irresponsable ponga en riesgo la vida de la familia hondureña conduciendo bajo los efectos de alcohol o droga ya va a ser sancionado con pena de prisión de dos a cinco años si es vehículo liviano y de cinco a 10 años si es vehículo pesado”, expresó Berríos.

Uno de los principales cambios planteados en Ruta Segura es que las pruebas de alcoholemia o toxicológicas practicadas conforme a la ley por Medicina Forense constituirían prueba suficiente para acreditar el consumo de estas sustancias, sin necesidad de demostrar adicionalmente un peligro concreto para otras personas.

El diputado sostuvo que la legislación actual dificulta la aplicación de sanciones penales porque exige acreditar la conducción temeraria, por lo que, según su explicación, suelen aplicarse medidas administrativas, como multas y decomiso de la licencia.

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“Lo que pasa es que le pone demasiados obstáculos a la Fiscalía para poder promoverle cargos. Lo que actualmente se está aplicando son sanciones administrativas como multa y decomiso de la licencia”, afirmó.

La propuesta contempla una excepción para las personas que acrediten una enfermedad y presenten justificación médica comprobada de que los fármacos que utilizan pudieron provocar un resultado positivo en las pruebas.

Berríos aseguró que la reforma no dependería de que el conductor haya provocado un choque o atropellado a alguien, la conducta sancionada sería conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, conforme a los supuestos que establece el proyecto.

En la exposición de motivos, la iniciativa argumenta que el Estado no debe esperar a que una persona bajo los efectos de estas sustancias lesione o mate a alguien para intervenir. También señala que los vehículos pesados representan un riesgo mayor por sus dimensiones, peso y capacidad de causar daños.

El diputado sostiene que la reforma busca fortalecer la prevención, proteger la vida y reducir los siniestros viales mediante una regulación que facilite comprobar la conducción bajo los efectos de alcohol o drogas.

El proyecto propone modificar el artículo 323 del Código Penal, contenido en el Decreto Legislativo 130-2017.

Para entrar en vigor, deberá completar el procedimiento legislativo correspondiente y publicarse en el diario oficial La Gaceta.

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Redacción La Prensa
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