Ante la mora quirúrgica, la falta de medicamentos y las condiciones precarias en los centros asistenciales, el Congreso Nacional declaró este lunes emergencia en el sistema de salud pública hasta febrero de 2027.
La declaratoria se efectuó mediante la Ley de medidas excepcionales para la atención prioritaria en materia de salud de la población, con una vigencia inicial de un año, prorrogable por el Poder Legislativo.
“Se decreta estado de emergencia en el sector salud a nivel nacional ante la precariedad de atención integral de la salud de la población en general, la cual tendrá una vigencia de un año, pudiendo prorrogarse por el Congreso Nacional a petición del Poder Ejecutivo”, establece el artículo uno del marco legal.
En la segunda disposición se detalla que la normativa busca “implementar medidas excepcionales, urgentes, temporales, públicas y transparentes necesarias para atender la emergencia sanitaria y mejorar los sistemas de salud de la población hondureña, a través de acciones de simplificación administrativa mediante el establecimiento de procedimientos especiales y/o simplificados de contratación”.
Además, se autoriza la suscripción de fideicomisos, convenios especiales de prestación de servicios con entes públicos, contratos privados nacionales o extranjeros y acuerdos con organismos no gubernamentales, entre otros mecanismos. El proyecto de decreto fue dictaminado por una comisión especial y recibió observaciones de distintos actores del sector salud.
Aunque la sesión fue convocada a las 2:00 pm, únicamente los diputados del Partido Nacional se encontraban puntuales en el hemiciclo legislativo, por lo que se realizaron llamados para que el resto de parlamentarios ocupara sus curules, generándose un retraso.
Una hora después, Tomás Zambrano, presidente del Congreso Nacional, informó que la bancada del Partido Liberal solicitó un espacio de 30 minutos, por lo que la sesión iniciaría a las 3:30 pm.
Sin la presencia de la totalidad de los legisladores liberales, la sesión se abrió tras comprobarse el quorum.
Previo a someter a discusión el dictamen del instrumento jurídico, el subsecretario de Salud, Eduardo Midence, junto al diputado del Partido Nacional, Mario Pérez, quien presidió la comisión especial, explicaron los alcances de la declaratoria de emergencia.
Zambrano solicitó la dispensa de debates para que la ley fuera discutida y aprobada en una sola lectura, moción respaldada a mano alzada debido a la falla del sistema electrónico de votación.
No obstante, el jefe de la bancada liberal, Jorge Cálix, pidió más tiempo para conocer el dictamen junto con el resto de legisladores liberales.
Angélica Smith, diputada de Libertad y Refundación (Libre), se sumó a la solicitud, por lo que el titular del Poder Legislativo concedió media hora para que las fuerzas políticas deliberaran. A las 5:23 p. m. se reanudó la sesión y, durante la discusión, diputados de todas las bancadas intervinieron, con un máximo de cuatro minutos por participación.
Los parlamentarios de Libre fueron los únicos que no respaldaron la legislación y emitieron su voto mostrando hojas con las palabras “en contra” y “abstención”.
Autorización a suscribir convenios o contratos
Al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Salud, se le autorizó suscribir convenios o contratos con instituciones públicas o privadas para la prestación de servicios que permitan realizar los procedimientos quirúrgicos necesarios para reducir la mora quirúrgica en el país.
Para los suministros, bienes y servicios, ejecución de obras, arrendamiento y contratación de consultorías requeridas para enfrentar la crisis del sistema de salud pública, se habilita la contratación directa.
“Contratar el recurso humano asistencial y administrativo que se requiera, de preferencia especializado, para atender la mora quirúrgica y la dispensación de medicamentos, mediante un proceso directo y simplificado basado en la necesidad, incluyendo la ampliación de jornadas existentes y respetando los derechos laborales”, estipula el último numeral del artículo tres.
En ese contexto, el diputado liberal Carlos Umaña propuso incorporar al gremio de enfermería dentro del personal a contratar, moción que fue aceptada por la comisión dictaminadora.
La siguiente disposición establece el procedimiento especial para contrataciones mediante concurso o licitación pública o privada, tanto a nivel nacional como internacional.
“Se establecerán términos de referencia o pliegos de condiciones con plazos abreviados, conforme lo determinen los titulares de los entes responsables de la contratación y ejecución de las medidas contenidas en el presente decreto”, señala la normativa.
El artículo nueve autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir, mediante contratación directa, un fideicomiso con un banco del sistema nacional por un año, con el fin de agilizar la atención de la mora quirúrgica, la compra y dispensación de medicamentos, la adquisición de equipos, el equipamiento hospitalario y el mantenimiento correspondiente.
En materia de transparencia, la ley dispone que este fideicomiso estará sujeto a auditorías internas y externas. La Secretaría de Salud deberá iniciar de inmediato el proceso de planificación y ejecución, e informar trimestralmente a la comisión ordinaria de salud del Congreso Nacional sobre los avances.
Condiciones ventajosas
Los procesos de licitación o concurso deberán publicarse en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras), administrado por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE), así como en los portales electrónicos de las instituciones responsables.
Las ofertas se recibirán en sobre sellado y se abrirán de forma pública, levantándose el acta correspondiente. Una comisión evaluadora, integrada por un número impar de miembros, analizará las propuestas y emitirá un informe de recomendación.
El decreto establece que los titulares de las instituciones adjudicarán conforme a dicho informe, priorizando las mejores condiciones en precio y el cumplimiento de los requisitos técnicos.
Si el proceso especial resulta desierto o fracasado, la dependencia administrativa procederá de manera automática a la compra directa, cursando al menos tres invitaciones a posibles oferentes.
Todos los contratos suscritos bajo estas modalidades deberán remitirse al Tribunal Superior de Cuentas (TSC) y al Congreso Nacional para efectos de auditoría.
Los contratos y convenios firmados bajo la declaratoria de emergencia deberán procurar las condiciones más ventajosas en precio y calidad para la administración pública. Asimismo, estarán sujetos a los procesos de aprobación y auditoría establecidos en la Constitución y las leyes vigentes, debiendo notificarse al TSC y al Congreso Nacional.
La Secretaría de Finanzas deberá identificar las fuentes de financiamiento internas o externas necesarias para efectuar las modificaciones presupuestarias e incorporar, en el Presupuesto General de 2026, las partidas requeridas para el cumplimiento de la ley.
Las entidades públicas, organizaciones no gubernamentales o empresas privadas con contratos o convenios al amparo de esta normativa gozarán de exoneraciones tributarias y aduaneras estrictamente necesarias para la importación de bienes, repuestos e insumos indispensables.
El reglamento de la ley deberá elaborarse en un plazo de 30 días, con la participación del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), el Colegio Médico de Honduras (CMH), la Asociación Nacional de Enfermeras Auxiliares de Honduras (Aneeah) y el Sindicato de Trabajadores de la Medicina, Hospitales y Afines de Honduras (Sitramedhys).