El Gobierno prorrogó por siete días, desde ayer domingo, la restricción de garantías constitucionales a nivel nacional y de manera absoluta a partir de hoy lunes en San Pedro Sula y los demás municipios del departamento de Cortés, así como en la ciudad de El Progreso, Yoro, como medida para contener la propagación del coronavirus.
En estos sectores del país no se puede circular durante siete días. Las farmacias están autorizadas únicamente a realizar entregas a domicilio todos los días de la semana en horarios de 07:00 am a 05:00 pm, mientras que los bancos y supermercados no tendrán actividad comercial de ningún tipo, por lo que no debe haber circulación de la población en general. En el caso de las gasolineras, solo atenderán a personas que presenten su salvoconducto de acuerdo con las excepciones ya establecidas.
En el resto del país sí hay autorización para realizar transacciones comerciales conforme al último dígito de su cédula de identidad, pasaporte o carné de residencia; lunes 1,2,3; miércoles 4,5,6; viernes 7,8,9 y 0.
Las medidas fueron aprobadas en Consejo de Ministros mediante el decreto ejecutivo PCM-028-2020, que ya fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta. La restricción de garantías de manera absoluta en Cortés y El Progreso se aplicará hasta el día 12 del corriente mes.
El Gobierno tomó la decisión, que sorprendió a los sampedranos y residentes en municipios de Cortés y en El Progreso, porque Cortés es el departamento catalogado como el foco de contaminación de la pandemia del COVID-19. Con estas medidas del Ejecutivo se espera contener el nivel propagación del virus e implementar medidas especiales para evitar más contagios y la pérdida de vidas humanas.
Artículos
En el artículo 1 se detalla la libre circulación de diputados del Congreso Nacional, quienes deben seguir las medidas y protocolos de seguridad, presentando ante las autoridades competentes su carné de identificación. Lo anterior, amparado en lo que establece el artículo 2 del decreto legislativo publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 03 de abril del 2020.En el artículo 3 se incluye la disposición especial para los municipios en el departamento de Cortés y el municipio de El Progreso, departamento de Yoro, donde se aplica restricción de garantías de manera absoluta.
Una panorámica de cómo luce San Pedro Sula tras decretarse cierre total.
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La Policía Nacional debe proceder de manera inmediata a habilitar las vías públicas y presentar ante el Ministerio Público las denuncias contra las personas involucradas en estos actos ilícitos.
Personal de salud puede movilizarse en completa libertad para atender casos de coronavirus y otras enfermedades. Foto AFP
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Para garantizar el derecho a la información de la población, así como la libertad de prensa y expresión, el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager) debe designar los voceros locales o regionales para brindar la información requerida por los medios de comunicación y la sociedad en general, sin que ello implique acceso directo a las personas que sufren el contagio o sus familiares, así como prevenir el contagio de quienes ejercen el periodismo o comunicación social.
Excepciones
1) El personal incorporado para atender la emergencia, altos funcionarios, personal de salud, socorro, seguridad y defensa nacional, personal de aduanas, migración, puertos y aeropuertos y servicios públicos indispensables, inclusive el personal que atiende las plantas de generación de energía del sector privado.2) Hospitales, centros de atención médica y laboratorios médicos.
3) La industria de la maquila para la confección de mascarillas y equipo biomédico requerido para atender la emergencia.
4) Sector agroalimentario para garantizar la producción y distribución de alimentos.
5) Las gasolineras, únicamente para abastecer de combustibles a los sectores autorizados en estas excepciones.
6) Transporte público por motivo de salud y el contratado por las empresas dentro de estas excepciones para movilizar a sus trabajadores.
7) Las telecomunicaciones, empresas proveedoras de internet y los medios de comunicación incluyendo radio, televisión, diarios y cableras.
8) La industria de carga aérea, marítima y terrestre de importación, exportación, suministros y puertos.
9) Las empresas de seguridad privada.
Medidas especiales
Mediante Twitter, Ebal Díaz, ministro de la Presidencia, dijo que con esta decisión se pretende salvaguardar vidas. “Hemos prorrogado la restricción de garantías constitucionales con medidas especiales para el Valle de Sula donde se ha reportado un repunte de casos positivos de COVID-19”, informó Díaz.Asimismo, el funcionario insistió en que “es importante que todos sigamos las instrucciones de las autoridades y nos quedemos en casa”. En declaraciones a Radio América, Díaz dijo que “esta es una medida drástica, dura, difícil, pero no hay otra forma en la que podamos rescatar vidas humanas y evitar que se siga propagando este virus, no solo en el Valle de Sula, sino en el resto del país”.