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Junta nominadora para elección y selección de magistrados establecerá trabas

  • 22 julio 2022 /

El ente nominador de la Corte Suprema de Justicia no está atado porque puede valorar los criterios que convenga.

Tegucigalpa. La junta nominadora para la elección y selección de los candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia podrá utilizar sus propios criterios y establecer trabas en la evaluación para inhabilitar a los aspirantes que no cumplan con los requisitos.

Pese a la eliminación de casi todas las inhabilidades dentro de la Ley Especial de Funcionamiento y Organización de la Junta Nominadora de la Corte, los representantes de la junta nominadora, en atribución de sus facultades, podrán evaluar con base en los tres criterios establecidos dentro de la normativa y los juicios establecidos por todos los miembros para poder calificar o descalificar a un postulante.

El exmagistrado y analista político Augusto Aguilar expresó que “la junta nominadora sí puede agregar dentro de su cuadro de calificaciones con bajarle puntos a la idoneidad a aquellos que hayan cometido varios tipos de faltas.Los requisitos y las inhabilidades ya están en la Constitución, no se le pueden agregar ni quitar”.

Luego de que quedara aprobada la Ley Especial de la Junta Nominadora para la Proposición de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), varios diputados del Partido Liberal, Salvador de Honduras y la congresista Beatriz Valle mostraron su descontento.

La polémica aprobación ocurrió el miércoles 19 de julio en horas de la madrugada con 73 votos a favor. La ley permite que políticos y funcionarios públicos puedan postularse como magistrados de la CSJ.