Iniciada la etapa de investigación, tras la admisión de la denuncia de juicio político contra el fiscal general, Johel Zelaya, la Comisión Especial nombrada por el pleno de diputados del Congreso Nacional (CN) lo citó en legal y debida forma para que compareciera ante esta.
El fiscal general —actualmente suspendido de su cargo— expuso sus argumentos de defensa frente a las acusaciones que dieron lugar a su sometimiento a juicio político por parte del Poder Legislativo, que hace dos años lo ratificó en el cargo, tras haber sido nombrado previamente por una Comisión Permanente.
El artículo 10, numeral 4, de la Ley Especial de Juicio Político establece que la investigación a cargo de la Comisión Especial debe realizarse en un período no mayor de 30 días calendario.
Tras escuchar al enjuiciado, en este caso al fiscal general Johel Zelaya, la Comisión deberá elaborar un informe derivado de su declaración. Este documento deberá enviarse en un plazo máximo de 29 días a la Secretaría del Congreso Nacional, que tendrá hasta cinco días para convocar a una sesión del pleno en la que se discutirá dicho informe.
Fátima Mena, abogada y exdiputada del Congreso Nacional, explicó que las acciones investigativas no están definidas de forma específica en la ley: “La ley no lo establece; eso va a ser potestativo de la Comisión. Puede ser inspecciones, llamar a testigos, y para eso tienen 30 días”.
Posteriormente, el pleno del Congreso Nacional deberá someter el informe a discusión. La Junta Directiva tendrá la obligación de permitir al enjuiciado intervenir hasta por un máximo de cuatro horas y, posteriormente, someter el informe a votación. Será el pleno el que determine el futuro de Zelaya: si lo destituye o lo ratifica en el cargo.
En caso de destitución, el Congreso deberá designar a la persona que ocupará el cargo de fiscal general. La resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.