Tegucigalpa, Honduras. El Estado podrá utilizar hasta el 100% del dinero incautado a personas y empresas, aunque todavía no exista una sentencia judicial definitiva que determine si esos recursos deben pasar a manos del Gobierno. Así lo establece una reforma aprobada este lunes por el Congreso Nacional, que permitirá destinar anticipadamente esos fondos a instituciones de seguridad y justicia.
La decisión abre la posibilidad de financiar operaciones y fortalecer las capacidades de la Policía, las Fuerzas Armadas, el Ministerio Público y otras dependencias con recursos cuyo destino final todavía se encuentra sujeto a procesos judiciales.
La reforma también contempla una obligación para el Estado: si la justicia falla a favor de la persona o empresa afectada, el dinero utilizado deberá devolverse, junto con los intereses que correspondan.
El presidente del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, justificó la medida al señalar que algunos procesos para determinar si los bienes incautados deben pasar definitivamente al Estado pueden prolongarse entre 10 y 15 años.
Según explicó, la reforma busca evitar que esos recursos permanezcan sin utilizarse durante ese tiempo, mientras las instituciones responsables de combatir la delincuencia enfrentan necesidades presupuestarias.
“Lo que se busca es darle mayor respaldo presupuestario a la Policía Nacional, a la Policía Militar, a la Agencia Nacional contra el Crimen, a la Corte Suprema de Justicia, al Ministerio Público y a la misma Oabi”, manifestó Zambrano.
Defensa y Seguridad recibirán la mitad
La reforma establece que el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad tendrá la facultad de autorizar el uso anticipado de hasta el 100 % del dinero incautado que se encuentre bajo administración de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (Oabi).
De los recursos cuya utilización sea autorizada, el 25 % corresponderá a la Secretaría de Defensa y otro 25 % a la Secretaría de Seguridad. Esto significa que ambas instituciones concentrarán la mitad de los fondos distribuidos mediante este mecanismo.
El Ministerio Público y el Poder Judicial recibirán un 15 % cada uno, mientras que la Oabi dispondrá del 10 %. El porcentaje restante se repartirá en partes iguales entre la Dirección Nacional de Inteligencia e Investigación y la Agencia Nacional contra el Crimen, con un 5 % para cada institución.
La distribución estará condicionada a una autorización debidamente justificada y al cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación.
Aunque las instituciones podrán utilizar anticipadamente estos recursos, la medida no significa que el Estado haya adquirido su propiedad definitiva ni que los procesos judiciales relacionados con ellos hayan concluido.
¿Quién responderá si hay que devolver el dinero?
Uno de los aspectos más relevantes de la reforma es la responsabilidad que asumirá la Secretaría de Finanzas cuando una resolución judicial determine que los recursos incautados deben ser devueltos a sus propietarios.
En esos casos, Finanzas deberá garantizar la disponibilidad del dinero necesario para realizar el reintegro, incluidos los intereses y demás pagos establecidos por la ley.
“Si en su momento se dicta una sentencia de privación favorable a la persona a la que se le incautaron los recursos, en este decreto queda Finanzas como aval y se le establece un plazo para devolverle el dinero a ese ciudadano, con los intereses que la misma ley establece”, explicó Zambrano.
De esta manera, el mecanismo permitirá utilizar fondos antes de que finalicen los juicios, pero también dejará al Estado con la obligación de responder económicamente si posteriormente se determina que deben ser restituidos.
El texto proporcionado no especifica de qué partida presupuestaria saldrían los recursos para cubrir esas eventuales devoluciones ni cuánto dinero incautado estaría disponible para distribuir.
Nuevas reglas y controles
El decreto establece que cualquier utilización o distribución de los fondos que incumpla las disposiciones legales quedará sin efecto y podrá generar responsabilidades administrativas, civiles o penales.
Además, el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad dispondrá de 60 días hábiles, a partir de la entrada en vigor de la reforma, para aprobar las normas que regularán la solicitud, distribución, utilización y supervisión de estos recursos.
También deberán establecerse mecanismos de transparencia y rendición de cuentas sobre el destino del dinero.
Zambrano sostuvo que la lucha contra la delincuencia requiere tanto herramientas legales como respaldo financiero y agradeció el apoyo de diputados de distintas fuerzas políticas para aprobar la reforma.
La nueva disposición permitirá a las instituciones acceder anticipadamente a los recursos incautados, mientras el Estado deberá garantizar su devolución cuando así lo determinen los tribunales.