Un tribunal español dio la razón a la cantante colombiana Shakira al anular una multa relacionada con la tributación del ejercicio fiscal de 2011 y ordenar a la Hacienda española devolverle unos 60 millones de euros (70 millones de dólares).
La Audiencia Nacional estimó el recurso presentado por el artista contra una resolución previa de la Agencia Tributaria y del Tribunal Económico-Administrativo Central. Además, anuló las liquidaciones y sanciones aplicadas por los impuestos sobre la renta y el patrimonio correspondientes a ese año.
Según la sentencia, contra la que aún cabe, la administración española no acreditó que Shakira permaneciera en España más de 183 días durante 2011, requisito que exige la ley para determinar la residencia fiscal y la obligación de tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
El caso, tramitado por la vía administrativa, se limita a una reclamación de algo más de 55 millones de euros (64 millones de dólares). Sin embargo, el equipo de la cantante calcula que la devolución superará los 60 millones de euros al incluir intereses y costas judiciales.
De acuerdo con un comunicado difundido por la firma de comunicación Llorente y Cuenca, representante de Shakira, esta era la última disputa pendiente que la artista mantenía en España tras ocho años de litigio.
Fuentes de la Agencia Tributaria recordaron que Shakira ganó previamente las condenas por delitos fiscales correspondientes al período 2012-2014 y señalaron que la sentencia conocida este lunes será recurrida ante el Tribunal Supremo.
Hace unos días, un juzgado de Barcelona archivó la segunda causa penal abierta contra la cantante por un supuesto fraude de 6,6 millones de euros (7,7 millones de dólares) correspondiente a 2018, luego de que la Fiscalía y las demás acusaciones solicitaron el cierre del caso. Las autoridades remitieron entonces a la artista a la vía administrativa para regularizar su situación tributaria.
En 2024, Shakira recibió una multa de 7,8 millones de euros (9 millones de dólares) tras reconocer judicialmente que defraudó 14,5 millones de euros (17 millones de dólares) a Hacienda entre 2012 y 2014, como parte de un acuerdo con la acusación. El pacto evitó la celebración de un juicio que podía derivar en una condena de prisión.
Sin “vínculo conyugal” con Gerard Piqué en 2011
En este caso, correspondiente al ejercicio fiscal de 2011, la Agencia Tributaria sostuvo que Shakira no tributó correctamente por el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio al declarar que residía fuera de España, mientras Hacienda demostró que sí era residente fiscal en el país.
El lugar de residencia de la cantante durante ese año fue el principal elemento analizado por la Audiencia Nacional, que concluyó que “no ha quedado acreditado” que Shakira tuvo domicilio fiscal en España en 2011.
Por ello, el tribunal determinará que “las liquidaciones” y las sanciones derivadas “son contrarias a derecho”.
La justicia española demostró que el artista permaneció en España 163 días, por debajo de los más de 183 días requeridos por la legislación para determinar la residencia fiscal. Además, parecía que la administración no demostraba que la cantante tuviera en España el núcleo principal de sus intereses económicos o vínculos familiares con residentes en el país.
La Agencia Tributaria argumentó que Shakira mantenía una relación sentimental con un residente español, el exfutbolista Gerard Piqué .
No obstante, el tribunal señaló que en 2011 no existía “vínculo conyugal” entre ambos —ya que nunca contrajeron matrimonio— ni tampoco hijos menores residentes en España. Por ello, concluyó que “no existía un núcleo familiar a efectos legales de una persona extranjera”.