17/04/2024
04:36 PM

Ley de tránsito tiene lagunas sobre seguridad de niños en vehículos

Entre 2008 y 2018 han muerto 810 menores entre 0 y 9 años en accidentes de tránsito a nivel nacional.

San Pedro Sula.

La falta de medidas de protección para menores en vehículos, el exceso de velocidad y hasta la embriaguez de los adultos que manejan han enlutado a muchas familias en los últimos doce años con la muerte de cientos de menores.

Nabela Nazareth Fuentes, de 16 días de nacida, y sus hermanas Nayeli Josabeth (3 años) y Hania Valeria (6 años) murieron la noche del viernes luego de que el vehículo en el que viajaban impactara contra una rastra en la colonia Modelo.

La ley no estipula el uso de la silla para menores, solo habla de asegurar al menor.

José Herrera flores, vocero Dirección de Vialidad

Jordy (16), Osiris (7) y Gabriela Castro Aguilar (4) son otros tres menores que murieron la mañana del domingo en otro accidente junto con sus padres en el sector de Pajuiles, Tela.

Entre 2008 y 2018, según el Observatorio Nacional de la Violencia de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (Unah), murieron 810 menores de entre 0 y 9 años en accidentes de tránsito a nivel nacional.

De estas, 56 muertes se suscitaron en 2018, 75 en 2017, 60 en 2016, 84 en 2015, 63 en 2014, 59 en 2013, 84 en 2012, 69 en 2011, 74 en 2010, 92 en 2009 y 94 en 2008.

Lo que dice la ley

En el artículo 99, numeral 22, de la Ley de Tránsito de 2006 se especifica que es “infracción menos grave” circular sin hacer el uso del cinturón de seguridad para el conductor y sus acompañantes, y no asegurando la protección de niños menores de cinco (5) años, que obligatoriamente tienen que estar en el asiento trasero del vehículo.

Mientras que el numeral 27 del mismo artículo especifica que también es infracción menos grave transportar niños o niñas menores de doce (12) años en el asiento delantero derecho.

En el artículo 101 se especifica que las infracciones menos graves son sancionadas con 1/4 de salario mínimo mensual en su escala más alta, y en caso de reincidir en una segunda vez dentro del período de un año el artículo 102 dicta que se sancionará con la multa original aumentada en un 50%.

Lagunas

José Herrera Flores, vocero de la Dirección de Vialidad y Transporte, afirma que la ley no obliga al uso de sillas para menores, lo que dificulta su aplicación.

“El problema es que la ley estipula el uso del cinturón y la ubicación y aseguramiento de menores en el carro; sin embargo, no establece el uso obligatorio de sillas para menores.
Cuando emitieron la ley en 2005 no redactaron sanciones directamente .

La gente puede presentar impugnación porque en realidad la ley no habla sobre eso.
Si los niños no van adecuadamente sujetados salen proyectados y pierden la vida por fracturas y estrangulamientos, es por eso que deben ir en el asiento trasero con su silla retenedora sujetada a los cinturones”, manifestó.

Foto: La Prensa

El viernes anterior en SPS, tres hermanitas murieron al impactar la camioneta que conducía su padre con una rastra.