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Domicilio y su mobiliario no podrán ser incautados

  • 21 marzo 2018 /

Las enmiendas establecen que las nuevas disposiciones no tienen carácter retroactivo. Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) considera que medidas “blindan” a corruptos.

    Tegucigalpa, Honduras.

    Los bienes que constituyen el domicilio familiar y el menaje del hogar solamente podrán ser asegurados, pero no podrá aplicárseles la medida de incautación, según lo dispuesto en las polémicas reformas a la Ley Sobre Privación Definitiva de Dominio de Bienes de Origen Ilícito aprobadas antenoche por el Congreso Nacional.

    Los diputados arguyen que con eso se busca “preservar los derechos de las familias y sobre todo los niños, así como las personas con discapacidad y adultos mayores que viven y se desarrollan en alguno de los bienes inmuebles pertenecientes a las personas a las cuales se les ha impuesto la medida de aseguramiento o incautación de sus bienes”.

    Estas reformas son blanco de fuertes críticas porque se considera que blindan a los corruptos y sus testaferros.

    La medida precautoria cautelar de aseguramiento consiste en la prohibición temporal de transferir, convertir, gravar, enajenar, o trasladar bienes o productos de supuesto origen ilegal.

    Entre tanto, la incautación es la prohibición temporal a cargo de la autoridad competente para privar de la posesión, uso o movilización de bienes, productos, instrumentos u objetos utilizados o sobre los cuales hubiere indicio que se han de utilizar en la comisión de las actividades ilícitas o que carezcan de causa económica o legal de su procedencia.

    Con base a lo anterior, las reformas en su artículo 2 numeral 15 y 19 prescriben que “incautación no procederá sobre aquellos bienes que constituyan el domicilio familiar y el menaje del hogar, únicamente procede la medida precautoria de aseguramiento”.

    Las enmiendas también contemplan que las “medidas precautorias o de aseguramiento pueden ser revocadas por el Ministerio Público o por el Órgano Jurisdiccional Competente en los casos que la Ley lo determine.

    “El órgano jurisdiccional, a petición de parte durante el proceso o en la sentencia puede revocar o sustituir las medidas precautorias, cautelares o de aseguramiento dictadas siempre que se logre asegurar la finalidad del proceso”, señala.

    Términos

    La polémica iniciativa también señala que el Ministerio Público tendrá un plazo de 12 meses, después de dictada la medida cautelar de aseguramiento y de seis meses después de dictada la de incautación para probar que ameritaba la acción de privación del dominio, de lo contrario las mismas serán revocadas.

    No obstante, este termino puede ser prorrogado mediante autorización judicial por un término similar por una sola vez, y se comenzará a contar a partir de la inscripción en el registro correspondiente.

    Entre otras cosas más se garantiza al tercero (o comprador) de buena fe el derecho de poder intervenir en el proceso ofreciendo los medios probatorios que consideren idóneos a fin de lograr la no afectación de sus bienes y poder acreditar que los adquirió de forma lícita.

    Tomás Zambrano, secretario del Congreso Nacional, explicó que la reforma no es retroactiva y solo es aplicable a los afectados a partir de su vigencia en el diario oficial La Gaceta.

    Por otro lado, explicó que la ley establece plazos de seis a 12 meses para que el Ministerio Público pueda probar que se ameritaba el aseguramiento o incautación de los bienes de supuesta procedencia ilícita. Antes esos plazos eran de dos años.

    Zambrano insistió en que la reforma viene a regular la desproporcionalidad en la aplicación de las medidas y garantiza el derecho a niños y ancianos a no ser expulsados del domicilio motivo de aseguramiento.

    Blindaje

    Gabriela Castellanos, directora del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) consideró que con la aprobación de las reformas a la Ley de Privación de Dominio se “está blindando a los corruptos en Honduras”.

    “Vemos un Congreso Nacional blindado, que crea herramientas, crea procesos para que ellos no sean investigados, vean que una de las reformas en la Ley de Presupuesto que era dejar de lado a los congresistas y a los servidores públicos. Lo que estamos viendo desde el Congreso Nacional es fortalecer el sistema de impunidad”, dijo la ejecutiva del CNA.