08/12/2024
01:14 AM

'Si queda así, Código Penal atenta contra la libre expresión”: Rodolfo Dumas

Expertos dicen que se está a tiempo y es urgente hacer modificaciones a la legislación
Aunque fue publicada en La Gaceta, la nueva ley entrará en vigencia en noviembre

San Pedro Sula, Honduras

El gremio de periodistas y expertos coinciden en que el nuevo Código Penal, publicado en La Gaceta el pasado 10 de mayo, incluye disposiciones que representan un atentado directo contra la libertad de expresión.

“Si queda así, el Código Penal atenta contra la libre expresión”, afirmó el abogado Rodolfo Dumas, quien es miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP).

Según el abogado, uno de los aspectos que más preocupa es que de no realizarse modificaciones, el nuevo Código Penal permitirá que se querelle a un medio de comunicación, su director, periodista, entre otros, por reproducir algo considerado como injuria o calumnia, aunque esto haya sido expresado por otra persona o institución, y la demanda procederá aunque al momento de publicar la noticia la afirmación sea atribuida directamente a quien lo aseguró.

“A las penas previstas en los artículos 229 y 230 debe quedar sometido quien publica, reproduce, repite injuria o calumnia imputada por otro, o quien haga la imputación de modo impersonal o, con las expresiones se dice, se asegura u otra semejante”, se detalla en el nuevo Código Penal.

Dumas consideró que al aprobar la legislación en la forma en que está, se desperdició, al menos por el momento, la oportunidad de mejorar las condiciones para la libre expresión en el país.

“Tal como está ahora, se agrava la situación de la libertad de expresión en Honduras, habrá un ambiente negativo, pero hay que recordar que esto entrará en vigencia hasta en noviembre de este año, por lo que hay un periodo que se debe utilizar con toda la contundencia para buscar reformas y que esta ley esté adecuada a preservar la libre expresión”.

Dumas explicó que para evitar afectar a la libre expresión, “se debe excluir, sustraer de esta legislación, figuras y funcionarios públicos, personas que voluntariamente se han sometido a la vida pública y asuntos de interés nacional, social. Hay que excluir por ejemplo el debate político, que es polémico por naturaleza”.

Calumnia
La calumnia, según el nuevo Código Penal. Es la falsa atribución de un delito hecho con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad.

Redes sociales e internet

Los delitos de injuria y calumnia tendrán penas mayores en casos de que sean publicados por medios de internet. “Cuando alguna de las conductas previstas en este Capítulo se cometiere utilizando sitios Web de divulgación colectiva o redes sociales a través de internet, las penas respectivas se aumentarán de un sexto (1/6) a un medio (1/2)”, dice el Código Penal.

La nueva ley dispone que “Las injurias hechas con publicidad deben ser castigadas con la pena de multa de doscientos (200) a quinientos (500) días y en el caso de que lo sean sin publicidad, con la pena de multa de cien (100) a doscientos (200) días”.

En cuanto a las calumnias hechas con publicidad, el Código Penal establece que esos casos “deben ser castigados con las penas de prisión de seis (6) meses a un (1) año y multa de quinientos (500) a mil (1000) días y en el caso de que lo sean sin publicidad con la pena de multa de doscientos (200) a quinientos (500) días”.

Dagoberto Rodríguez, presidente del Colegio de Periodistas de Honduras, escribió en Twitter que “Periodistas, medios de comunicación y sociedad debemos hacer una lucha común contra estas disposiciones penales que limitan y criminalizan la libertad de expresión y de prensa. Un retroceso total. Nuevo Código Penal también le cae a las redes sociales”, aseguró en la red social.

Calumnia indirecta

INJURIA Y CALUMNIA INDIRECTA
A las penas previstas en los artículos 229 y 230 debe quedar sometido quien publica, reproduce, repite injuria o calumnia imputada por otro, o quien haga la imputación de modo impersonal o, con las expresiones se dice, se asegura u otra semejante.

El inciso dos del artículo 231 del CAPÍTULO III DELITOS CONTRA EL HONOR, SECCIÓN I, FIGURAS DELICTIVAS del nuevo Código Penal es uno de los más preocupantes porque hace responsable a quien publica una denuncia aunque se trate de una acusación hecha por una persona o institución que se hace responsable. Es un abierto atentado a la lucha contra la corrupción y contra la libertad de prensa.