TEGUCIGALPA. El nuevo Código Penal que ya fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta estrena la figura de la pena de detención de fin de semana como una de sus principales novedades.
El nuevo Código entrará en vigor el próximo 10 de noviembre y estudiosos de las leyes consideran que es lesivo y atentatorio contra la libertad de expresión.
El instrumento jurídico incorpora nuevos delitos y regula cinco tipos de penas principales: la reclusión, la prisión, la multa, la inhabilitación absoluta y la inhabilitación especial.
Además, ante la saturación de los centros penitenciarios por delitos de baja relevancia, cuya mayoría actualmente están penados con reclusión, hoy el nuevo Código Penal determina la pena de cárcel únicamente para aquellos delitos graves que afectan considerablemente los bienes jurídicos.
Para los delitos leves establece otro tipo de penas privativas de derechos, pero que al mismo tiempo facilitan la rehabilitación, la adaptación a la sociedad y la reparación del daño a la víctima.
El nuevo Código está en la fase de Vacatio Legis, período que comprende desde la publicación de la ley hasta su entrada en vigor.
En estos seis meses, el conjunto de leyes puede ser socializado, mientras tanto estará vigente el Código Penal promulgado en el año 1983.
Nuevas figuras. El instrumento estrena nuevas figuras como la responsabilidad penal de las personas jurídicas, el delito masa, que se aplicará cuando el perjuicio se ocasione a un grupo de personas, por ejemplo la estafa en pequeñas cantidades que de manera individual no constituyan delito por la cantidad, pero que en grupo la falta se estimará en conjunto como un solo delito.
Otras figuras son el desistimiento o el reemplazo, en los casos que el juez o tribunal puedan sustituir la pena de prisión que no supere los cinco años por la pena de detención de fin de semana, arresto domiciliario o multa.
Otro punto importante en la nueva ley es la cancelación de antecedentes penales.
En este caso, los condenados por sentencia firme que cumplieron su pena tendrán derecho de oficio o a instancia de partes, a la cancelación de sus antecedentes penales, siempre y cuando hayan transcurrido dos años sin delinquir de nuevo.
También se contempla la suspensión del fallo, donde el juez o tribunal pueda suspender las sentencias condenatorias de penas que no sean graves, que no sean superior a dos años, siempre que el beneficiado sea la primera vez que delinque, entre otros requisitos.
Nuevos delitos. El Código agrega nuevos delitos, por ejemplo, contra el honor, contra el orden socioeconómico, contra la Constitución, la economía, el mercado y los consumidores.
Además, contiene responsabilidad penal en delitos cometidos a través de medios de difusión, delitos relativos a la manipulación genética y a la energía nuclear.
Es un avance. “El nuevo Código Penal representa un avance en el desarrollo del Derecho Penal, que pone a Honduras entre los países con una normativa penal moderna, y recoge las nuevas tendencias en materia de investigación y enjuiciamiento de las conductas delictivas que afectan a nuestra sociedad”, expresó el abogado penalista Víctor Cáceres.
Con la incorporación de las nuevas figuras se busca dar cumplimiento a convenios o instrumentos internacionales, como por ejemplo la penalización de los delitos contra la comunidad internacional.
Otro punto es que se crearon penas para delitos contra la seguridad colectiva.
Son varios los apartados que destacan e incluyen penas por violencia contra la mujer, los derechos laborales, la seguridad social y delitos societarios.
Retos. Hay que hacer una revisión general del Código, estudiarlo y ver las nuevas figuras para valorar lo valioso que será para el proceso penal en el país, expresó el analista Raúl Pineda Alvarado, quien destaca uno de los puntos dentro del Código: “Encontramos que se une la persona jurídica como sujeto de derecho y los tratadistas se oponen porque el delito, aseguran, debe dirigirse hacia las personas, pero es una de las novedades, así como los días multa”, agregó Pineda Alvarado.
Mientras tanto, los jueces valoran la nueva legislación como una herramienta útil que incluso ayuda a clarificar situaciones que plantea el código actual.
“Amplía los delitos, se suman delitos nuevos, hay penas que disminuyen y otras quedan igual. Uno de los beneficios a los condenados es la libertad condicional que pasa a media pena cuando las penas son menores de quince años”, explicó Mildred López, jueza de ejecución en El Progreso, Yoro.
“Viene una avalancha de revisiones de penas para los condenados, porque si hay casos que con el nuevo Código se favorece al reo, seguro pedirán revisiones para aplicar lo que más le favorece. Hay mucho trabajo para el juez de ejecución”, señaló López.
El nuevo conjunto de leyes diferencia los delitos contra la Administración Pública y la Administración de Justicia, la corrupción entre particulares o corrupción privada.
Además, regula los delitos contra la libertad de determinación (coacciones, amenazas, chantaje) y establece una graduación de penas en los delitos de robo, hurto y delitos de tráfico de drogas.
El nuevo Código señala los delitos que se cometen utilizando medios o soportes de difusión, penando a los que redacten textos, directores de la publicación o programa en que se difunda; directores de la empresa editora, emisora o difusora; y, directores de la empresa de grabación, reproducción o impresión.
Y se obliga a los controles electrónicos como el brazalete y el grillete para la preliberación de los privados de libertad.