Inadmisible: Corte Suprema rechaza proceso de antejuicio contra magistrados del TJE

La sala Ad-Hoc de la Corte resolvió por unanimidad de votos que el antejuicio es inadmisible, al considerar que no se cumplen los requisitos necesarios para su procedencia legal.

Inadmisible: Corte Suprema rechaza proceso de antejuicio contra magistrados del TJE
Tegucigalpa, Honduras

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inadmisible el antejuicio presentado contra los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Mario Flores y Miriam Barahona, quienes habían sido señalados por el Ministerio Público (MP) por el supuesto delito de prevaricato judicial.

La resolución fue analizada por una Sala Ad-Hoc, designada por la presidenta del Poder Judicial, Rebeca Ráquel Obando, tras la solicitud presentada por el Ministerio Público el pasado 4 de noviembre.

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Dicha Sala deliberó y resolvió por unanimidad de votos que el antejuicio era inadmisible, al considerar que no se cumplían los requisitos necesarios para su procedencia legal.

El caso se originó luego de que el Ministerio Público acusara a los funcionarios del TJE de emitir resoluciones contrarias a la ley, al ordenar al Consejo Nacional Electoral (CNE) la inscripción de dos ciudadanos como candidatos a diputados, supuestamente sin la participación del tercer magistrado del pleno.

Según el comunicado del Ministerio Público, las resoluciones se dictaron “al margen del procedimiento establecido en la Constitución y la Ley Electoral”.

No obstante, juristas consultados advirtieron que los magistrados del TJE no forman parte del Poder Judicial, por lo que, constitucionalmente, no correspondería un proceso de antejuicio, sino un juicio político ante el Congreso Nacional.

La exjueza de Sentencia, Alina Aguilera, explicó que en estos casos el proceso de antejuicio es conocido por una sala conformada por tres magistrados, quienes pueden resolver por mayoría simple o unanimidad, según la valoración de los elementos presentados.

En caso de apelación, el recurso debe ser conocido por otros magistrados distintos, y eventualmente podría llegar hasta la Sala de lo Constitucional mediante la presentación de un recurso de amparo, precisó Aguilera.

Con esta decisión, la CSJ deja sin efecto la petición del Ministerio Público, por lo que los magistrados del TJE mantendrán sus funciones al frente del órgano encargado de impartir justicia en materia político-electoral.

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Redacción La Prensa
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