La Corte Suprema de Justicia otorgó el exequátur de notario al hijo de su presidenta y al secretario privado del titular del Congreso Nacional, una decisión que genera dudas sobre la legalidad del proceso por los vínculos familiares y políticos de los beneficiados.
El documento, publicado el pasado 5 de noviembre en el Portal de Transparencia de la Corte, indica que la extensión del exequátur para Luis Melara Ráquel ocurrió el 15 de octubre de 2025, mientras que su inscripción se realizó el 27 de octubre.
En el caso de Edson Javier Argueta Palma, recibió el exequátur el 11 de septiembre y su inscripción como notario se efectuó el 15 de octubre. Ambos casos fueron inscritos en Tegucigalpa, Francisco Morazán.
Argueta Palma es mano derecha de Luis Redondo. Es abogado y secretario privado del presidente del Poder Legislativo, pero también es miembro del Consejo Consultivo del Foro de Presidentes y Presidentas de Poderes Legislativos (Foprel). También es apoderado legal del partido Libertad y Refundación (Libre), según documentos de esa institución política.
En el listado también se otorgó el exequátur como nuevo notario a otros tres abogados y dos notarios activos fueron suspendidos por tres años, según el documento.
Para la fuente consultada por LA PRENSA Premium, resulta complejo determinar si una persona obtiene el exequátur cumpliendo estrictamente con el proceso legal; no obstante, explicó que cada magistrado tiene derecho a proponer anualmente a profesionales del derecho para realizar el examen de notariado.
El artículo 8 del Código de Notariado establece que “el interesado en obtener la autorización para el ejercicio del notariado, debe presentar solicitud por escrito ante la Corte Suprema de Justicia, a través de la Contraloría del Notariado, acompañando los documentos”.
Seguidamente, “la Contraloría deberá realizar una investigación por los medios que considere pertinentes acerca de la vida y costumbres y demás aspectos de conducta personal y profesional del solicitante que se determinen en el Reglamento Especial que la Corte Suprema de Justicia emitirá al efecto”.
En el caso de José Luis Melara Ráquel no hay mucha información sobre él. Solo se menciona que es abogado y su vínculo sanguíneo con la presidenta de la Corte Suprema de Justicia.
Se buscó hablar con el notario Nelson Mairena Franco, presidente de la Unión de Notarios, para conocer detalles de estas nuevas inscripciones, pero cuando contestó la llamada dijo que solo podía atender a las 8:00 de la noche.
También se realizaron gestiones para contactar a Melara Ráquel y Argueta Palma; sin embargo, no fue posible obtener sus números.
Carlos Hernández, director de la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), lamentó que en Honduras la notaría no se otorgue por capacidad, sino por “vínculos familiares o políticos”.
“Hay abogados destacados que tienen muchos años esperando una cita para hacer su examen, pero como no tienen conecte no lo logran, y muchos recién graduados, sin experiencia, lo obtienen. Es un claro conflicto de intereses, pero lamentablemente la ética, la moral no siempre está presente en los funcionarios judiciales”, expresó.
Aunque el Código de Notariado define los requisitos, fuentes afirman que quienes se someten al examen suelen llegar apadrinados. El artículo 7 de la normativa señala que para convertirse en notario un abogado debe ser hondureño, estar en libre ejercicio de sus derechos civiles, tener título de abogado, ser mayor de 30 años, poseer reconocida honorabilidad y prestigio, y ser de estado seglar (sin órdenes clericales).
Asimismo, se requiere aprobar el examen de notariado ante la Corte Suprema de Justicia y obtener el exequátur, la habilitación necesaria para ejercer la función notarial.
La función del notario, según establece la normativa, es “garantizar la seguridad jurídica y la perpetua constancia de los actos, contratos y disposiciones entre vivos y por causa de muerte”.
Ellos dan fe pública de la autenticidad y validez legal de actos y documentos. Son los encargados de autentificar y legalizar escrituras de compraventa, hipotecas, testamentos, capitulaciones matrimoniales, donaciones, constitución de sociedades y poderes notariales.