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Protocolo de bioseguridad para la industria de las bebidas en Honduras

  • 02 junio 2020 /

Como parte de la reapertura inteligente en Honduras, la Secretaría de Trabajo dio a conocer las medidas de bioseguridad que deben seguir las empresas para evitar el COVID-19.

Tegucigalpa, Honduras.

Con el propósito de realizar una reapertura inteligente en las empresas de Honduras, la Secretaría de Trabajo realizó protocolos de bioseguridad para distintos rubros, entre ellos, la industria de bebidas.

Este protocolo tiene el objetivo de evitar y disminuir las consecuencias de la propagación e infección del COVID-19, en la población trabajadora del país, mediante la implementación de un conjunto de medidas de prevención y control del virus.

Todas las recomendaciones estan enfocadas tanto en proteger a los empleados como al cliente que recibirá el producto. Tome nota de las medidas que deberá seguir este rubro:

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Precauciones y medidas específicas para la seguridad y salud en el lugar de trabajo en Industria de bebidas.

1. Toda organización o centro de trabajo deberá adoptar medidas preventivas en relación con el riesgo por agentes biológicos, previo a la reactivación de operaciones, y en los casos de reintegro laboral de sus trabajadores. Según lo estipulado en el Reglamento General de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales:

- Todo trabajador deberá someterse a reconocimiento médico como requisito indispensable de ingreso al trabajo y durante éste, a solicitud del empleador o por orden de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.

- Es necesaria la comprobación del estado de salud, entrevista sobre contactos y exámenes médicos (en casos específicos indicados por el personal de salud) para el reintegro laboral y evaluaciones periódicas.

- Debe de existir un registro adecuado de enfermedades profesionales y enfermedades relacionadas con el trabajo que afectan la población trabajadora de la empresa.

- Deben de llevarse a cabo actividades de vigilancia epidemiológica de enfermedades profesionales y relacionadas con el trabajo.

- Todo trabajador debe de contar con una Historia clínica ocupacional, con sus respectivos exámenes de control clínico y biológico.

- El empresario o responsable designado, deberá conservar esta documentación a disposición de la autoridad competente.

Las comprobaciones del estado de salud tendrán dos momentos importantes: Examen de reintegro: se entiende, como la evaluación médica que se le realiza al trabajador al reintegrarse a sus actividades laborales en la organización o centro de trabajo, luego de haberse suspendido las mismas por motivo de la pandemia de COVID19. El examen consistirá en:

- Evaluación clínica, que especialmente establecerá la presencia de síntomas y signos de COVID-19.

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- Interrogatorio con el objetivo de evaluar el contacto del trabajador con casos sospechosos o enfermos de COVID-19, en especial, en los últimos 20 días.

- Los resultados del examen de reintegro deben de ser entregados por el trabajador en su organización o centro de trabajo, el primer día de su reincorporación. Este documento debe ser archivado por el empleador, como prueba del cumplimiento de la presente medida y puede ser solicitada por las autoridades de trabajo nacionales.

2. Transporte de la Vivienda al Trabajo (organización o centro) y viceversa.

Los trabajadores, podrán disponer de servicio de transporte a sus lugares de trabajo designado por el centro de trabajo. Se deberán de seguir las siguientes recomendaciones:

- Personal capacitado será encargado de validar la temperatura corporal del conductor designado para el medio de transporte. Si la temperatura es menor a 37.5°C se permitirá la asignación del conductor.

- Desinfección antes de cada partida del medio de transporte, se deberá limpiar y desinfectar todas las superficies de contacto frecuente.

- Llevar registro documentado por parte del conductor de la desinfección de la unidad de transporte, entre otras medidas.

3. Entrada y Salida de la organización o centro de trabajo:

Todos los trabajadores, visitantes, contratistas y proveedores que ingresen al centro de trabajo deben de cumplir con las siguientes recomendaciones:

- Restringir el acceso a los centros de trabajo, solo personal esencial, promover el teletrabajo y establecer días alternos o turnos de trabajo que reduzcan el número total de trabajadores en las instalaciones.

- Sustituir mecanismos para el control de los accesos de métodos de mayor riesgo (por contacto como huellas digitales, tarjetas, carnet con código de barra) a métodos de menor riesgo (sin contacto como tarjetas PROX, RFID con microchip, fotografía, grabación de videos, etc.).

- Los trabajadores, visitantes, contratistas y proveedores deberán portar su mascarilla de manera adecuada antes de ingresar a las instalaciones.

- Establecer punto de inspección para la toma de temperatura de todos los trabajadores, visitantes, contratistas y proveedores que ingresen a las instalaciones.

4. Entrada, salida y permanencia en el lugar de trabajo:

Uso permanente de mascarilla y medidas de bioseguridad.
- Mantener distanciamiento con los diferentes trabajadores en las instalaciones del centro de trabajo de acuerdo a las medidas generales.

- Evitar de manera respetuosa saludos de contacto físico directo con otras personas.

- Limpiar y desinfectar al INGRESO/SALIDA el lugar de trabajo, superficies y objetos a utilizar o utilizados (teclado, ratón, teléfono, pantalla de su computador, utensilios, etc.) diaria y sistemáticamente.

5. Instalaciones sanitarias y de servicio:

El personal de limpieza es un eslabón clave dentro de las medidas de bioseguridad a seguir e implementar. Forman parte importante en la higienización de todas las áreas donde se encuentran los trabajadores, visitantes, contratistas y proveedores. La limpieza debe ser rigurosa, aumentando su frecuencia de acuerdo a las medidas generales de higienización y limpieza. Dando prioridad a las zonas de mayor riesgo.

6. Equipo de Protección Personal (EPP):

Todo trabajador deberá poseer los insumos básicos de bioseguridad (mascarilla, lentes, alcohol en gel desinfectante, guantes desechables) proporcionados por el centro de trabajo. Cada uno de los trabajadores es responsable del uso adecuado de los mismos y la vigilancia y seguimiento del uso y buenas prácticas sanitarias será llevado a cabo por los encargados de cada centro de trabajo.

Para conocer todas las medidas recomendadas para el rubro de la industria de bebidas ingrese a www.trabajo.gob.hn.