Tegucigalpa, Honduras. En una jornada calificada como histórica y tras un inédito consenso de las fuerzas políticas, el pleno del Congreso Nacional aprobó por unanimidad de votos la Ley Especial para el Combate a Asociaciones Terroristas, Maras y Pandillas y el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario Nacional.
La iniciativa dota al Estado de un marco legal sumamente riguroso para desarticular el accionar de los grupos criminales y cortar de raíz la operatividad que históricamente han mantenido desde el interior de los centros carcelarios del país.
Esta normativa surge como una respuesta inmediata a las determinaciones adoptadas por el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, organismo que en fechas recientes acordó la designación formal de tres estructuras criminales de alto impacto como asociaciones terroristas.
Ante la urgencia de coordinar la política criminal del Estado, la junta directiva del Poder Legislativo sometió la propuesta a una moción de dispensa de dos debates, permitiendo que la ley fuera discutida y aprobada en un solo debate para acelerar su entrada en vigor.
El pilar fundamental de la nueva legislación descansa en la reestructuración profunda del régimen penitenciario, mediante reformas a la Ley del Trabajo para Personas Privadas de Libertad y a la Ley del Sistema Penitenciario Nacional. Con este cambio, todo individuo procesado o condenado por pertenecer a maras, pandillas o grupos declarados terroristas será recluido de manera obligatoria e inmediata en módulos de alta o máxima seguridad, quedando prohibido de forma categórica su ingreso o traslado a centros preventivos, unidades de seguridad media, mínima o establecimientos abiertos.
Las condiciones dentro de estos módulos especiales impondrán un aislamiento individual estricto sin posibilidad de convivencia colectiva con reclusos de otros regímenes.
Se prohíbe de manera absoluta la posesión o acceso a teléfonos celulares, computadoras, televisores, radios o cualquier dispositivo tecnológico. Asimismo, la ley elimina por completo las visitas conyugales o íntimas y restringe las visitas familiares a casos excepcionales mediante cabinas de vidrio de alto impacto o medios electrónicos controlados, impidiendo cualquier tipo de contacto físico.
El régimen de internamiento limita el derecho a salida al patio o recepción de sol a un máximo de una hora a la semana bajo custodia permanente.
Por su parte, las comunicaciones telefónicas estarán restringidas a una sola llamada de hasta diez minutos al mes hacia números previamente autorizados, la cual será debidamente monitoreada y grabada. Además, para erradicar los riesgos de fuga y reducir los costos de despliegue operativo en la vía pública, se establece que todas las audiencias judiciales del proceso penal para estos privados de libertad se desarrollarán únicamente en modalidad virtual.
En el ámbito de la seguridad pública, la ley modifica las normativas orgánicas de la Policía Nacional y de la Policía Militar del Orden Público, fijando como mandato prioritario el rastreo, la prevención y la desarticulación de estas organizaciones armadas.
Ambas instituciones de seguridad quedan obligadas a coordinar de forma inmediata y permanente con el Instituto Nacional Penitenciario para remitir directamente a celdas de máxima seguridad a cualquier persona que sea capturada e identificada como integrante de estas estructuras.
De igual manera, el texto faculta al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad para declarar formalmente Territorios de Alto Riesgo en aquellas zonas o municipios del país azotados por el crimen y la extorsión. Esta declaratoria habilitará el despliegue de operativos de saturación con el apoyo de las Fuerzas Armadas, la instalación de puestos de control fijos y móviles, restricciones temporales a la circulación nocturna, monitoreo mediante drones y cámaras, e intervenciones de inteligencia financiera orientadas al rastreo y congelamiento de activos vinculados al crimen organizado.
Con el propósito de proteger la vida y la integridad de los operadores de justicia encargados de juzgar estos delitos de alto impacto, la legislación autoriza la implementación de mecanismos excepcionales para resguardar la identidad de jueces, secretarios y personal auxiliar. Para ello, el Poder Judicial dispondrá de un plazo de treinta días calendario para emitir el protocolo reglamentario que acredite la idoneidad e imparcialidad de los tribunales protegidos, garantizando siempre el debido proceso y el derecho de recusación del imputado.
Como medida transitoria de control por un período de hasta doce meses en los municipios que determine la autoridad de defensa, se imponen fuertes restricciones al tránsito en motocicletas.
Queda prohibida la circulación de más de un hombre a bordo del mismo vehículo motorizado de dos ruedas, exceptuando los casos donde el acompañante sea una mujer o un menor de doce años.
Se prohíbe también la portación de cualquier tipo de arma de fuego o elemento contundente en moto, aun cuando el conductor posea permiso legal, sancionándose las infracciones con el decomiso del vehículo y la licencia de cuarenta y cinco a noventa días, más multas de uno a cuatro salarios mínimos.
Devolver la paz a las familias
En estas zonas también será obligatorio circular con el rostro descubierto y mantener las placas de circulación visibles y en perfecto estado.
Durante la extensa jornada parlamentaria, el presidente del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, destacó el respaldo unánime de las distintas bancadas políticas y la urgencia de otorgar estas herramientas al Poder Ejecutivo para devolver la paz a las familias hondureñas.
Zambrano recordó que la iniciativa complementa las decisiones del Consejo de Defensa y Seguridad, asegurando que las medidas aplicadas a los privados de libertad de alta peligrosidad evitarán que se continúen ordenando homicidios y extorsiones desde el interior de los penales.
El titular del Legislativo enfatizó además que el Congreso no está para politizar los temas de seguridad, sino para entregar las reformas legales y los presupuestos necesarios a fin de que las fuerzas del orden realicen su labor en las calles.
Por su parte, el ministro de Seguridad, Gerson Velásquez, dirigiéndose al pleno legislativo, manifestó que el país atraviesa un momento crítico que demanda decisiones firmes para contener el accionar de bandas criminales que han llegado a retar de forma abierta la autoridad del Estado.
Velásquez agradeció el acompañamiento de los diputados y advirtió sobre la importancia de actuar con valentía y sin contemplaciones para evitar que Honduras caiga en escenarios de violencia ingobernables observados en otras naciones de la región.
El funcionario remarcó que las fuerzas de seguridad cuentan con la determinación necesaria y que este nuevo marco legal les otorga las armas jurídicas idóneas para recuperar el control territorial.
En esa misma línea, el director del Instituto Nacional Penitenciario, Walter Amador, calificó la aprobación de la ley como una decisión histórica y un paso fundamental para reestructurar el sistema carcelario.
Amador explicó que el crecimiento de las estructuras criminales responde a una evolución histórica que requería una respuesta contundente e institucional.
El titular del sistema penitenciario afirmó que la institución se encuentra lista para recibir y custodiar a los reclusos que sean remitidos a los módulos de máxima seguridad bajo el nuevo régimen, y concluyó que, si bien la seguridad representa una alta inversión para el Estado, la inseguridad resulta infinitamente más costosa para la nación porque cobra la vida de los ciudadanos.
La Ley Especial para el Combate a Asociaciones Terroristas otorga un plazo de treinta días al Poder Ejecutivo para que efectúe las adecuaciones reglamentarias correspondientes en los organismos de defensa, seguridad y administración penitenciaria.
El decreto entrará en vigencia formal a partir del día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, marcando una nueva etapa en la estrategia de seguridad pública del país.