05/12/2024
03:48 PM

Entregarán excedentes a mayores de 60 años en noviembre

San Pedro Sula, Honduras.

Diversos representantes del Régimen de Aportaciones Privadas (RAP) explicaron a LA PRENSA las diez preguntas que los más de 1.3 millones de beneficiados con la distribución de los 8,000 millones en excedentes deben saber.

De los cuales L5,600 serán consignados en las cuentas individuales de los trabajadores activos y en efectivo a los inactivos y los exafiliados.

Los otros, L2,400 millones se darán mediante un certificado de participación patrimonial.

1. ¿A qué afiliados se les entregará los excedentes primero?

Se le dará prioridad a los más de 78,433 afiliados, activos, inactivo y exafiliados mayores de 60 años en el caso de las mujeres y 65 en el de los hombres. Se estima que este proceso tardará cerca de tres meses y se hará por rango de edad. Las personas que estén en este grupo deben obtener su estado de cuenta para retirar los fondos.

La distribución de los excedentes se calculará en relación con sus aportaciones y sus años de afiliación.

2. ¿Cómo y cuándo se hará la distribución para estos afiliados?

Se entregará directamente a los beneficiados en las agencias del RAP de San Pedro Sula, Tegucigalpa y La Ceiba. Se estima que los fondos se comenzarán a entregar en las primeras semanas de noviembre. Son cerca de 560 millones de lempiras para este grupo de beneficiados.

3. ¿Qué pasará con aquellas personas que ya no trabajan y que cotizaron al RAP?

A estas personas les entregarán directamente el dinero de los excedentes. No obstante, deben tener más de un año de estar desempleados para poder recibir los excedentes. Este grupo está en segundo lugar de prioridad. Este y otros casos se comenzarán a atender a partir de enero de 2017.

4. ¿Qué mecanismo utilizarán para acreditar los excedentes en el caso de los afiliados activos (personas que están trabajando)?

Los fondos pasarán a formar parte del ahorro histórico, eso quiere decir que se entregarán hasta que cese la relación laboral del trabajador, y se darán en dos partes, tal como se hecho siempre: el 50% a los seis meses y el otro 50% en los siguientes seis meses.

En cuanto a la distribución, el sistema asignará los fondos de forma automática en la cuenta individual que tienen los trabajadores en la Administradora de Fondo de Pensiones y Cesantías del RAP, y que fue creada desde septiembre pasado.

Los fondos procedentes de los excedentes se verán reflejados en los estados de cuenta digitales, que desde octubre, entregará el RAP a las empresa afiliada, y donde se detallará la información de las subcuentas de cada empleado: excedentes acumulados, intereses acumulados, aporte histórico, reserva laboral y aporte a la AFP y Cesantía. Los empleados deberán pedir en la empresa la información.

Este grupo suman más de 272,244; entre ellos, se distribuirán L2,271 millones.

5. ¿Pueden los afiliados activos destinar ese dinero a un préstamo que tengan en el RAP?

No, los trabajadores solo puede hacer dos cosas con ese dinero, y son las siguientes: acumularlo junto al ahorro histórico o destinarlo al fondo de pensiones que tienen la AFP y Cesantía del RAP. Este dinero servirá de garantía a los trabajadores para acceder a prestamos a intereses de un 10% anual.

6. ¿Tienen excedentes las personas que están en otro instituto de previsión, pero que anteriormente cotizaron al RAP?

Sí, ellos también tienen excedentes acumulados por los años en los que cotizaron. A estas personas se les entregará el dinero directamente, pero se atenderán en 2017. El RAP está negociando con una red bancaria para poder distribuir el dinero de estos exafiliados y el de los afiliados inactivos por desempleo a través de un banco, y que ellos puedan reclamarlo ahí. Esto se definirá en los próximos días.

7. ¿Cómo se distribuirán, de ahora en adelante, los excedentes?

Ya no habrá acumulación de excedentes. Los afiliados recibirán en la cuenta individual, diariamente, los intereses que su dinero genere, y lo podrán ver reflejado en los estados de cuenta mensual que el RAP entregará a las empresas.

8. ¿Un empleado puede estar afiliado a un instituto de previsión y seguir cotizando al RAP?

Sí, la cotización al RAP es voluntaria, según lo establece la Ley Marco de Protección Social. Los trabajadores que deseen seguir aportando al RAP pueden elegir el porcentaje de su contribución, no hay un piso mínimo. Este dinero irá a una cuenta de ahorro y puede ser utilizado como seguro de desempleo, en caso de que el afiliado no decida retirarse antes.

9. ¿Las personas que tienen préstamos personales y quieren retirarse del RAP para afiliarse a otro régimen pueden pagar con su ahorro histórico la deuda?

No, los afiliados están obligados a pagar en el tiempo y forma establecidos en el contrato del préstamo personal o hipotecario firmado entre el RAP y el trabajador. Estas personas tampoco podrán llevarse su ahorro histórico al otro régimen hasta que no paguen la cuenta pendiente que tienen, esos fondos quedan como garantía y serán entregados hasta que se cancele la deuda. Para las personas que no tienen deudas con la institución y que deciden trasladarse a otro régimen, el dinero pasa directamente al nuevo instituto.

10. ¿Ya está funcionando la AFP y Cesantía del RAP?

Sí, desde septiembre de este año comenzó a operar.