19/04/2024
08:22 AM

Decretan nuevas medidas de confinamiento en Las Vegas, Santa Bárbara

  • 26 abril 2020 /

Este municipio tendrá horarios de toque de queda similares a los de Cortés, Colón, y El Progreso, Yoro.

Tegucigalpa, Honduras.

Debido al alto número de casos de COVID-19 en el valle de Sula y con el objetivo de lograr un mayor control preventivo de contagio, la Secretaría de Seguridad de Honduras estableció nuevas medidas de confinamiento para el municipio de Las Vegas, Santa Bárbara.

En cadena nacional de radio y televisión, las autoridades informaron que Las Vegas tendrá los mismos horarios de toque de queda y días de circulación que se vienen siguiendo durante las últimas dos semanas en los departamentos de Cortés, Colón, y la ciudad de El Progreso, Yoro.

Esta medida fue aprobada en Consejo de Ministros y publicada en el diario oficial La Gaceta.

En ese sentido, la salida de la población será segmentada conforme a la terminación de los dígitos de su tarjeta de identidad, pasaporte o carnet de residente, con la finalidad de que puedan abastecerse de alimentos, medicinas, combustibles y realizar sus trámites bancarios de manera ordenada, con las medidas de bioseguridad obligatoria (mascarillas y guantes).

Mañana 27 de abril saldrán las personas cuya identidad termine en número 6; luego el martes serán los #7, miércoles terminación 8, jueves terminacíon 9 y viernes identidad que finalice en 0.

Las únicas excepciones que se aplicarán en Las Vegas, Santa Bárbara

1) El personal incorporado para atender la emergencia, altos funcionarios, personal de salud, socorro, seguridad y defensa nacional, personal de aduanas, migración, puertos y aeropuertos y servicios públicos indispensables, inclusive el personal que atiende las plantas de generación de energía del sector privado;

2) Hospitales, centros de atención médica, laboratorios médicos y farmacias;

3) La industria de la maquila para la confección de mascarillas y equipo biomédico requerido para atender la emergencia;

4) Sector agroalimentario para garantizar la producción y distribución de alimentos;

5) Gasolineras;

6) Mercados, supermercados, mercaditos, pulperías y abarroterías;

7) Transporte público por motivo de salud y el contratado por las empresas dentro de estas excepciones para movilizar a sus trabajadores;

8) Las telecomunicaciones, empresas proveedoras de internet y los medios de comunicación incluyendo radio, televisión, diarios y cableras;

9) La industria de carga aérea, marítima y terrestre de importación, exportación, suministros y puertos; y,

10)Las Empresas de Seguridad Privada.