Han transcurrido cinco días desde la presentación del primer recurso de inconstitucionalidad y de la primera acción de amparo contra el decreto legislativo 58-2025, sin que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se haya pronunciado al respecto.
En total, siete acciones legales han sido interpuestas ante la Secretaría de la Sala Constitucional. Todas solicitan a dicha judicatura prontitud en la resolución de lo planteado por los recurrentes, quienes alegan la relevancia e impacto del caso. Sin embargo, hasta el momento, la Sala no ha dado indicios de una pronta respuesta.
De acuerdo con entendidos en materia de derecho, la admisión a trámite de los amparos incoados debió realizarse dentro de las 48 horas posteriores a la presentación del escrito en la Secretaría de la Sala Constitucional. No obstante, en ninguno de los siete casos se cumplió ese plazo.
“El plazo era de 48 horas. Les hago un llamado, con todo respeto, a los magistrados de la Sala Constitucional, que resuelvan, que no nos tengan en incertidumbre. El pueblo hondureño, así como nosotros que presentamos los recursos, deben respetarnos”, expresó Nilia Ramos, exfiscal del Ministerio Público y actualmente litigante independiente.
Aclaración de legitimación
Ante la tardanza, Ruth Lafosse, abogada especializada en derecho constitucional y recurrente en una de las acciones de amparo interpuestas contra el decreto 58-2025, se apersonó nuevamente este día a la Secretaría de la Sala Constitucional para realizar aclaraciones relacionadas con la legitimación ciudadana para presentar este tipo de recursos.
“La idea es que la Corte Suprema de Justicia nos tome en cuenta a todos. En nuestro caso, el derecho que se está solicitando en el amparo es la protección de la materialización del voto para alcanzar la alternabilidad en el poder de las nuevas autoridades”, explicó Lafosse.
La profesional del derecho recordó que, conforme al artículo 40 de la Constitución de la República, uno de los deberes del ciudadano es velar por el fiel cumplimiento de la Constitución y las leyes.
“Bajo esos argumentos, pedimos a la Corte Suprema de Justicia que esta legitimación activa no se visualice de manera restrictiva, como si solo ciertas personas pudieran hacerlo. En esta defensa, a través del recurso de amparo, se toma en cuenta la legitimidad y la titularidad del derecho que tiene todo ciudadano”, recalcó.
Todas las acciones
Desde el 10 de enero, fecha en la que se interpusieron los primeros recursos contra el decreto legislativo 58-2025, ninguno ha sido admitido a trámite, paso inicial tras su presentación.
Hermes Ramírez, en representación del Partido Nacional y del presidente electo Nasry “Tito” Asfura, presentó una acción de amparo con el objetivo de que se respete la decisión adoptada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) al emitir la declaratoria de las elecciones generales.
Este amparo solicita la suspensión del acto reclamado, específicamente las actuaciones del diputado Luis Redondo y de los demás congresistas que participaron en la sesión del Congreso Nacional, celebrada entre la noche del 8 de enero y la madrugada del 9 de enero.
Ramírez también presentó, el domingo 11 de enero, el primer recurso de inconstitucionalidad contra el decreto 58-2025.
El lunes 12 de enero, la plataforma ciudadana Defensores de Honduras interpuso una acción de amparo para que se inaplique el decreto legislativo 58-2025, el cual anula la declaratoria de las elecciones y ordena repetir el escrutinio de los votos.
Ese mismo día, un grupo de diputados del Partido Nacional (PN), Partido Liberal (PL) y Partido Salvador de Honduras (PSH), encabezados por Jaime Rodríguez, abogado y miembro de la Comisión Jurídica del Partido Nacional, presentó otro recurso de inconstitucionalidad.
Asimismo, los abogados Fernando González y Leonel Núñez interpusieron un recurso de inconstitucionalidad por la vía de acción, en forma total y por razón de contenido.
Finalmente, el 14 de enero, el abogado Edgardo Molina presentó un nuevo recurso de inconstitucionalidad, sumando siete acciones legales, todas pendientes de resolución por parte de la Sala Constitucional.
El decreto 58-2025, aprobado por la bancada del partido Libertad y Refundación (Libre) en el Congreso Nacional y sancionado por Xiomara Castro, presidenta de la República, ordena la repetición del escrutinio de los votos de los tres niveles electivos correspondientes a las elecciones del 30 de noviembre de 2025.