Tegucigalpa. Decenas de ciudadanos han denunciado que en diferentes instituciones públicas no están cumpliendo con las amnistías que fueron aprobadas en el Congreso Nacional en diciembre de 2021, bajo el decreto 120-2021.
El paquete incluía amnistías de renovación de licencias livianas, permisos de tenencia de arma de fuego, ambiental recargos municipales, recargos en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), perdón en servicios como la Enee, Conatel, tributaria, entre otras.
El decreto fue publicado en la versión digital del diario Oficial La Gaceta el pasado 19 de febrero; sin embargo, ese día por la tarde se publicó otra versión de La Gaceta, en la que no aparece el decreto, en vez de eso, establece una resolución de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización.
Ante esa confusión, LA PRENSA habló con diputados y expertos en la materia para conocer si el decreto entró en vigencia o no.
El actual diputado, Hugo Noé Pino, manifestó que las amnistías no están vigentes actualmente. “La Presidenta no la ha sancionado y solo entrarían en vigencia cuando se publiquen en la versión impresa de la Gaceta, dijo.
Tengo entendido que ninguna de las dos cosas va a suceder”, dijo a través de un mensaje de texto. Mientras la Empresa Nacional de Artes Gráficas (Enag) publicó un comunicado en que establece que la versión oficial y autentica es la que en el Sumario contiene la resolución de la Secretaría de Gobernación Justicia y Descentralización.
1__El paquete de amnistías vencía el 31 de julio del 2022, en ese entonces, los diputados manifestaron que serían más de 40,000 clientes de la Enee que se beneficiarían.
2__Otorgaba amnistía al Seguro Social en el pago de recargos en las deudas originadas por la falta de pago de los aportes patronales y de cotizaciones de los trabajadores.
El exdiputado y experto en temas tributarios, Walter Romero, cuestionó que el decreto fuera retirado después de su publicación.
“Me parece que lo sucedido con este decreto es altamente cuestionable desde el punto de vista de procedimiento y es reprochable desde lo moral porque una vez publicado un decreto en el diario Oficial La Gaceta, este no puede ser retirado o eliminado, en todo caso es el congreso el único que tiene la potestad de derogarlo vía otro decreto, esto lo establece el artículo 205 de la Constitución de la República.
Agregó que el decreto no es aceptado en ninguna institución en las cuales el pueblo obtendría el beneficio de amnistía, “esto debido al comunicado emitido por la Empresa Nacional de Artes Gráficas (Enag)”.
Recalcó que “el decreto una vez publicado no puede retirarse así nada más porque a alguien se le antoje, ya que al ser publicado es ley y solo el congreso podía derogarlo”.