Reincidir en el incumplimiento de deudas o pensiones alimenticias serán algunas de las causas de despido de policías, según el borrador del Reglamento Disciplinario de la Dirección de Asuntos Disciplinarios Policiales (Didadpol).
LA PRENSA tuvo acceso a la propuesta de borrador del reglamento que será debatido por el ministro de Seguridad, Julián Pacheco, el director de la Didadpol, Allan Argeñal, y la cúpula policial en Santa Lucía, Francisco Morazán. Serán 10 los reglamentos que se aprobarán.
Ley Orgánica de la Policía Nacional, aprobada en mayo de 2017, establece que los policías incurren en faltas leves, graves y muy graves, pero manda que se haga una lista de hechos que constituyen cada infracción y su forma de sancionar en un reglamento.
Por ejemplo, se considerarán faltas leves no andar con el uniforme completo y con piezas que no corresponden, irrespetar a compañeros o transportar a personas ajenas de la institución.
Las infracciones leves serán sancionadas por el jefe departamental policial, es decir, el expediente sancionatorio, ya no irá a que se resuelva en la Secretaría de Seguridad, pero sí se dará copia de los mismos a la entidad y a la Didadpol.
En el renglón de faltas graves se encuentran no pagar deudas o deberes de alimentación con los hijos, practicar juegos prohibidos dentro de las instalaciones de la Policía o usar influencias como policía para lograr un beneficio personal.
Llamados de atención o suspensión de labores son parte de los castigos que se aplicarán a las faltas leves y graves.
En el reglamento se definirá la cantidad de veces que tiene que cometer un efectivo una falta leve o grave para ser considerada falta muy grave y ser despedido.
Despidos
Como faltas muy graves y causantes de despido directo serían aquellas como haber sido condenado por cualquier delito, compartir información reservada, dedicarse a actividades ilícitas o promover desórdenes o huelgas.
La investigación de faltas graves o muy graves estará a cargo de la Didadpol, que sustituyó en la nueva ley a la Dirección de Investigación y Evaluación de la Carrera Policial (Diecp).
Procedimiento
El artículo 13 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional indica que la etapa investigativa del proceso disciplinario –para faltas graves y muy graves– sería no mayor a 75 días hábiles contados a partir de la fecha en que se tuvo conocimiento oficial del hecho.
La Didadpol, en caso de encontrarse méritos y dentro de 10 días después de haber concluido las pesquisas, remitirá a la Secretaría de Seguridad el expediente de investigación con un dictamen técnico con la recomendación del castigo que se debe aplicar. Seguridad tendrá 15 días para dar una resolución de cancelar o sacionar a un efectivo.