25/07/2024
09:39 AM

Extienden plazo para postulantes a magistrados del TSC

La Comisión Permanente del Congreso dejó como fecha límite el 6 de diciembre. Conozca los requisitos para postularse al Tribunal Superior de Cuentas.

Tegucigalpa, Honduras.

La Comisión Permanente del Congreso Nacional extendió el plazo de convocatoria para postulantes a magistrados del Tribunal Superior de Cuentas (TSC).

Ahora, con lo anunciado por el Poder Legislativo, el nuevo plazo es hasta este miércoles 6 de diciembre. Los aspirantes a dirigir la institución, durante el período 2023-2030, pueden presentar su respectiva documentación ante la secretaría del Congreso.

La convocatoria abrió el pasado lunes 27 de noviembre y vencía este lunes 4, pero aún se desconoce el número de postulantes al cargo que han acudido y los lineamientos con los que serán evaluados por la comisión.

El pleno del Legislativo, a más tardar esta semana, deberá realizar audiencias, evaluaciones y análisis de los perfiles de los aspirantes, y jueves 7 de diciembre los magistrados Juan José Pineda y Ricardo Rodríguez terminarán el período de siete años.

Requisitos para postulantes a magistrados del TSC

1-. Hoja de Vida en la que se incluya una fotografía tamaño carné

2-. Certificación original del Acta de Nacimiento

3-. Copia de Documento Nacional de Identificación

4-. Copia debidamente autenticada del Título que acredite la profesión Universitaria requerida

5-. Constancia de inscripción en el Colegio Profesional al que pertenece; y Constancia de solvencia de las aportaciones (en los casos que exista colegiación profesional obligatoria)

6-. Constancia del Tribunal de Honor del Colegio Profesional al que pertenece de no tener sanciones o asuntos pendientes por el ejercicio profesional (en los casos que exista colegiación profesional obligatoria)

7-. Constancia de antecedentes penales y antecedentes policiales

8-. Constancias de solvencia con el Estado y sus instituciones (Servicios de Administración de Rentas del Estado SAR, Procuraduría General de la República, Tribunal Superior de Cuentas y Ministerio Público)

9-. Constancia de solvencia municipal