La emergencia nacional por la pandemia del COVID-19 llevó a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a convocar de urgencia a jueces de Ejecución y defensores públicos, quienes definieron un plan de descongestionamiento de los centros penitenciarios.
Gracias a esta acción, desde hace una semana un promedio de 200 privados gozan de las medidas acordadas, entre las que están preliberación, libertad condicional y casos especiales de aquellos que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad. Otros casos están en estudio.
“Son medidas de cumplimiento inmediato porque el indulto tiene demasiados requisitos y lo que buscamos es acelerar las libertades condicionales. Nuestra prioridad es descongestionar, excarcelar a todo aquel privado de libertad para garantizar las condiciones sanitarias de cada privado”, explicó Mildred López, juez de Ejecución de El Progreso, Yoro.
Beneficio de excarcelación
1-Jueces de Ejecución seleccionan beneficiarios. Hay un listado de privados que cumplen los requisitos de ley para ser beneficiarios de preliberación o libertad condicional. Hay casos especiales de privados en condición de vulnerabilidad que son analizados.
2- Cárceles de Támara serán las más favorecidas En esos centros son siete mil privados de libertad, que se ubican en la Penitenciaría Marco Aurelio Soto y también en la Penitenciaría Nacional Femenina de Adaptación Social (PNFAS), adonde hay menores con sus madres. |
Medida
Esta revisión de medidas solo en el año 2019 benefició a 3,838 presos: 3,611 hombres y 227 mujeres. De enero a febrero de 2020, el beneficio ha sido para 214 reos, siendo 198 hombres y 16 mujeres. “Esto tenía que agilizarse. Es una situación que urge en este momento. Los centros penitenciarios son focos de infección propicios para el coronavirus, y esto generará problemas si se llega a propagar”, explicó Hugo Maldonado, presidente del Comité de Derechos Humanos de Honduras (Codeh).La preocupación de los jueces de Ejecución, defensores públicos y defensores de Derechos Humanos es el ingreso de personas, nuevos inquilinos a cada establecimiento, así como el mismo personal que sale de las instalaciones, que, en determinado caso, puede contagiarse y propagar el virus.
Artículo 76 Código Penal: “Concederá libertad condicional al que haya cumplido más de mitad de la pena, cuando la condena exceda de 3 años y no pase de 12”.
|
Por lo pronto, cada juez está realizando audiencias en los Juzgados de Ejecución.Por ejemplo, en San Pedro Sula el lunes, un juez de ejecución decretó la libertad condicional de José Vidal Rivera Bonilla, un privado que estaba condenado por homicidio. Su audiencia se efectuó en ausencia del encarcelado y ahora es beneficiado por la decisión del Juzgado. En todos los Juzgados de Ejecución se realizan audiencias, cuyas resoluciones pondrán en libertad a centenares de privados como medida de emergencia en los centros penitenciarios.
|