Diputados siguen gestionando ayudas sociales sin una ley que lo regule

Diputados gestionan ayudas sociales con fondos públicos pese a que no existe una ley vigente que regule su uso, lo que genera dudas sobre legalidad y transparencia

  • 03 de julio de 2025 a las 00:00 -
Diputados siguen gestionando ayudas sociales sin una ley que lo regule

San Pedro Sula, Honduras
En Honduras, las subvenciones o ayudas sociales gestionadas por diputados son recursos públicos dirigidos a ciudadanos o comunidades en condiciones de vulnerabilidad. Estos fondos cubren gastos como tratamientos médicos, becas, materiales de construcción o asistencia por fallecimiento.

Pese a que ya no existe una ley vigente que regule su uso, los congresistas continúan manejando fondos sociales, lo que ha provocado serios cuestionamientos sobre su legalidad y transparencia.

Ley derogada, pero fondos vigentes

El mecanismo que permite a los diputados recibir y gestionar recursos públicos para ayudas sociales es conocido como Fondo Social Departamental, creado a través del artículo 81-A de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, reformado mediante el Decreto 156-2018.

El artículo establece que los fondos están destinados a programas, proyectos y ayudas sociales que impacten positivamente en las comunidades, y que su gestión debe ser regulada mediante una ley especial.

Esa ley fue aprobada casi un año después, el 18 de octubre de 2019, mediante el Decreto 116-2019, pero el 2 de agosto de 2023 fue derogada por el Congreso Nacional, dejando sin regulación específica la ejecución de estos recursos.

A pesar de su derogación, el artículo 81-A sigue vigente en la Ley Orgánica del Legislativo, lo que permite a los congresistas continuar con la gestión de ayudas sociales.

Fondos asignados vía presupuesto

Los recursos para subvenciones sociales provienen del Presupuesto General de la República, aprobado cada año por el Congreso Nacional. En este presupuesto se incluyen partidas específicas para “subvenciones sociales” administradas por el Poder Legislativo.

Aunque la ejecución directa no recae en los diputados, estos pueden presentar solicitudes ante instituciones como Sedesol, FHIS, SIT, Educrédito y otras, que luego ejecutan los proyectos.

La base legal usada para este procedimiento es el artículo 349 de la Ley de Presupuesto, que permite la delegación de funciones presupuestarias entre instituciones públicas.

En la práctica, la influencia del diputado es determinante para decidir qué persona o comunidad recibe el beneficio.

Cuestionamientos legales y éticos

La ausencia de una ley especial y el rol activo de los diputados en la gestión de fondos públicos ha sido fuertemente criticada por organizaciones como el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), que alertó sobre el uso discrecional de más de 314 millones de lempiras entre agosto de 2023 y agosto de 2024.

El abogado Jhonatan Rosales sostuvo que la gestión de fondos por parte de legisladores contradice su función constitucional: “Han sido electos para legislar, no para ejecutar recursos del Estado”.

Rosales advirtió que esta práctica desvirtúa el rol legislativo, y puede abrir la puerta al clientelismo político y la corrupción.

Por su parte, el abogado Germán Licona señaló que la trazabilidad de estos fondos es débil y que, al no haber una ley vigente, se vulnera el principio de legalidad: “Sin un marco jurídico, se actúa fuera de la ley”.

Ambos coinciden en que la solución no es eliminar las ayudas sociales, sino crear una nueva ley que regule su uso, establezca criterios técnicos y mecanismos de rendición de cuentas.

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José Quezada
José Quezada
jose.quezada@elheraldo.hn

Coeditor en LA PRENSA Verifica y El Heraldo Verifica. Principalmente hace fact-checking político, pero también desmiente bulos, trata y visualiza datos. Licenciado en Periodismo por la UNAH.

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