La pena por maltratar un animal es más severa que la aplicada en los casos de agresiones a mujeres que son víctimas de violencia o maltrato familiar.
Esa incongruencia en el Código Penal es tema de discusión a raíz del caso de la golpiza a la modelo colombiana Daniela Aldana Pinzón de parte de su pareja sentimental Isaac Emanuel Sandoval Ayala (de 23 años).
El agresor fue dejado en libertad con medidas sustitutivas a la detención judicial que le otorgó el juez que conoce el caso en la audiencia de declaración de imputado el sábado 18 de febrero.El juez tipificó el delito imputado a Sandoval como maltrato familiar habitual.
El caso ha generado polémica porque para varios sectores, entre ellos las organizaciones feministas, son del criterio que el acusado no debía quedar libre y que el delito tenía que calificarse como tentativa de feminicidio.
1_ El acusado fue sancionado a 3 meses de trabajo comunitario, pues ya había sido condenado por violencia doméstica e incumplió las medidas impuestas.
2_ El 3 de marzo será la audiencia inicial en el proceso que se le sigue a Isaac Sandoval por el delito de maltrato familiar habitual.
Erasmo Francisco Jiménez, excoordinador de fiscales, penalista y catedrático universitario, manifestó ayer que por la polémica del caso es tema de debate el hecho de que conforme al artículo 341 del Código Penal el maltrato de animales lleva una pena de dos a cuatro años que es mayor a las penas contra agresores de mujeres.
“Si hacemos una comparación la pena de maltrato animal es mayor comparándola con el maltrato familiar, incluso en forma reiterativa”, señaló el togado, quien refirió que la pena en el caso de la violencia intrafamiliar en casos graves es de dos a tres años cuatro meses. El profesional del Derecho señaló que desde el punto de vista legal “es más grave maltratar a un animal que la agresión a una mujer”.
A criterio de Jiménez el caso “nos llama la atención de que debemos reflexionar y revisar estos tipos de delitos que tienen una pena excesivamente perjudicial para resocializar a las personas y poder evitar males mayores”.
Según Jiménez, el fiscal debió calificar el delito como feminicidio en su grado de ejecución de tentativa inacabada si los hechos le daban para calificarlo como tal.
