18/04/2024
10:16 PM

Sampedranos ya se benefician de Ley del Hondureño Ausente

La medida, que favorece a miles de compatriotas cada año, estará vigente hasta el 15 de enero de 2023 en todos los puntos aduaneros del país.

San Pedro Sula. Los hondureños que residen en el extranjero desde hace más de un año ya están gozando de los beneficios de la Ley del Hondureño Ausente a su ingreso por el aeropuerto Ramón Villeda Morales y otros puntos aduaneros del país.

De acuerdo con esta ley, los compatriotas no tendrán que pagar impuestos por traer determinados artículos durante la temporada de fin de año.

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Del 15 de noviembre al 15 de enero de cada año, todos los hondureños que residen de forma permanente fuera del país podrán ingresar artículos de uso personal, electrónicos portátiles y digitales sin pagar impuestos, agravantes o recargo alguno.

Fausto Cálix, director de la Administración Aduanera de Honduras, informó que “el personal de las diferentes aduanas está preparado para atender a los compatriotas que retornarán al país durante esta temporada”.

Requisitos

Cálix explicó que para gozar de este beneficio los viajeros deben presentar su pasaporte y documentos que acrediten que ha permanecido fuera del país por más de un año.

También tienen que detallar cada una de las mercancías que trae con su respectivo valor.

Posteriormente, el personal de Aduanas hará una declaración de oficio y brindará la ventaja de exención de tributos.

Ahorro

La Ley del Hondureño Ausente está sustentada en el decreto 185-86 del 21 de noviembre de 1986 y actualizada a finales de 2021.

De acuerdo con cifras de la aduana La Mesa, este beneficio permite cada año un ahorro de más de L5 millones entre los miles de ciudadanos que ingresan por este punto al país, mayormente procedentes de Estados Unidos y España.

Las personas nacidas en el exterior que sean hijos de hondureños deberán presentar un documento que lo acredite, extendido por la autoridad competente.

Este beneficio permite ingresar hasta una docena de calzado, nuevo o usado; artículos electrónicos como televisores de hasta 17 pulgadas, equipo de sonido con sus componentes, grabadora, instrumentos musicales, hornos, licuadoras, cafetera, aspiradora, ventilador, extractor de jugo, batidora, ventilador, secadora y cepillo de cabello.

Al igual que ropa interior y exterior, nueva o usada, ropa de cama, mantelería, toallas, cortinas y paños de cocina, siendo el máximo de cuatro piezas por artículo.

Además de cámaras fotográficas, filmadoras, una docena de juguetes, un máximo de seis adornos para el uso personal y otros seis artículos de tocador de cada clase.

La ley establece que dicho beneficio será concedido “por una sola vez durante el período indicado”, por lo que la autoridad aduanera anotará en su pasaporte o documento oficial la utilización del mismo.