Evitar las contrataciones de emergencia y fuera de proceso

Las contrataciones de emergencia están concebidas, por definición, como una excepción. Su razón de ser es permitir una respuesta rápida frente a situaciones que no admiten demora: desastres naturales, crisis sanitarias, interrupciones graves de servicios esenciales.

  • Actualizado: 27 de julio de 2026 a las 11:58 -

Las compras directas o los procesos de emergencia en las adquisiciones y contrataciones públicas son un fenómeno recurrente a lo largo del tiempo. De forma continua, se nos presentan casos en los que el tiempo no resulta suficiente para llevar a cabo un proceso competitivo completo y, como consecuencia, se recurre a estas modalidades excepcionales.

La explicación suele ser la misma: ya no existe margen para una licitación abierta y, por tanto, no queda más alternativa que acudir a un mecanismo de emergencia.

Sin embargo, esta justificación, repetida casi de manera automática, merece un análisis más riguroso. En muchos casos, la urgencia no responde a un evento imprevisible o extraordinario, sino a una deficiente planificación institucional, a retrasos administrativos acumulados o a la ausencia de decisiones oportunas. La emergencia, entonces, no es tal, sino el resultado de fallas previsibles que terminan trasladando el costo —económico y de confianza— al Estado y a la ciudadanía.

Las contrataciones de emergencia están concebidas, por definición, como una excepción. Su razón de ser es permitir una respuesta rápida frente a situaciones que no admiten demora: desastres naturales, crisis sanitarias, interrupciones graves de servicios esenciales. Cuando esta excepción se convierte en práctica habitual, se desvirtúa el sistema de compras públicas y se erosiona uno de sus principios fundamentales: la competencia.

Evitar procesos competitivos implica renunciar a la comparación objetiva de precios, calidad y condiciones, reduciendo los incentivos para obtener mejores resultados para el interés público. Además, incrementa los riesgos de discrecionalidad, opacidad y, en el peor de los casos, de corrupción. No se trata únicamente de cumplir con la ley, sino de proteger la eficiencia del gasto público y la legitimidad de las instituciones.

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