Piden separar del CNE al hijo de Juan Barahona y al esposo de Angélica Álvarez

El abogado Leonel Núñez presentó una recusación ante CNE contra Darwin Barahona, director de sistemas informáticos, por su vínculo familiar con el diputado Juan Barahona

Piden separar del CNE al hijo de Juan Barahona y al esposo de Angélica Álvarez
Tegucigalpa, Honduras

Por supuestos conflictos de intereses y vínculos de primer grado de afinidad con candidatos políticos, el abogado Leonel Núñez presentó una recusación ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) contra Darwin Barahona, director de Sistemas Informáticos de la institución.

Él es hijo del diputado Juan Barahona, de Libertad y Refundación (Libre), lo que, según Núñez, podría comprometer la imparcialidad del proceso electoral.

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“El recurso fue presentado el miércoles 18 de junio, con base en el artículo 17 en relación con el artículo 18 de la Ley de Ética del Servidor Público”, explicó Núñez.

La normativa obliga a los funcionarios a abstenerse de conocer asuntos en los que tengan interés directo o algún conflicto de interés que afecte su objetividad. Argumentó que, al ser hijo de un actual diputado y candidato, Barahona no debería ocupar una posición en el área de tecnología, encargada de gestionar los resultados electorales.

“Se configura una situación incompatible. Además, hay al menos otro funcionario con vínculos familiares con candidatos, lo cual debe ser denunciado públicamente”, agregó.

Otro caso de parentesco

El abogado también dijo que presentará una recusación contra Allan Alvarenga, director electoral del CNE y esposo de Angélica Álvarez, candidata a designada presidencial de Libre.

“Estamos hablando de cargos desde los que se podrían manejar resultados, lo cual genera tentaciones inaceptables. Esto, por el bien de Honduras, no se puede permitir”, sostuvo.

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Según el procedimiento legal, una vez presentada la recusación, el pleno del CNE debe revisar las pruebas y someter la solicitud a votación. La resolución puede incluir la separación temporal de los funcionarios o su abstención en actividades relacionadas con el proceso electoral.

El Código de Ética del Servidor Público, en sus artículos 17 y 18, establece que todo funcionario debe mantener independencia de criterio, así como integridad y honestidad en el ejercicio de sus funciones.

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Redacción La Prensa
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