22/04/2024
09:10 PM

La despenalización del aborto caldea debates en el Congreso

  • 19 mayo 2016 /

Tegucigalpa, Honduras.

La discusión y aprobación del nuevo Código Penal en Honduras trajo a la palestra pública temas polémicos como la despenalización del aborto.

Los intensos debates se han producido en el Congreso Nacional cuando apenas se han aprobado 40 artículos, principalmente aquellos enunciados que establecen la responsabilidad penal en casos como la violencia intrafamiliar, derechos de la mujer, la libertad de prensa, entre otros.

El aborto

Grupos feministas acudieron al Congreso Nacional para pedir la despenalización del aborto, un tema que por años ha desatado la polémica en la sociedad hondureña.

Las representantes del Comité de Mujeres Visitación Padilla, se reunieron con miembros de la Comisión de Dictamen del Código Penal para examinar el capítulo que se refiere al aborto.

Según las dirigentes feministas, los diputados siguen abordando la temática con perjuicios religiosos y no científicos, y no se toma en cuenta el derecho y la opinión de la mujer.

El diputado Hermin Urquía manifestó que no corresponde al Congreso Nacional definir una situación que responde a una política de Estado.

En el capítulo de Delitos contra la Vida, el nuevo Código Penal mantiene la misma redacción en torno a la penalización del aborto, a lo que se oponen los grupos feministas del país.

Expuso que los grupos feministas debieran dirigir su petición al más alto nivel, que sea el Presidente de la república que convoque a una consulta nacional y pueda sacar un consenso al respecto.

Calumnia e injuria

Otro tema que ha despertado el interés de grupos es el relacionado a la despenalización de la calumnia e injuria. En el Congreso se encuentra engavetada una iniciativa en ese sentido, la que es promovida por el Colegio de Periodistas de Honduras (CPH).

Al respecto, el consultor español Francisco Javier Álvarez sostiene que el periodista no cometerá el delito de calumnia e injuria cuando la noticia que transmite es verídica.

El periodista que ha verificado la información que transmite al público no cometerá delito, o sea que la persona que es responsable de ejercer su profesión no será sometido a ninguna responsabilidad penal, indicó el penalista.

No obstante, dijo, “aquel periodista temerario que sin encomendarse a Dios ni al diablo lanza una imputación grave de hechos que son falsos, lógicamente que tendrá que responder ante la justicia”.

En cuanto a los delitos de calumnia e injuria, quedan redactados de forma tal que se aleja cualquier posibilidad de que se limite a través de esos delitos la libertad de información.

Álvarez aclaró que el nuevo Código establece penas muy bajas para este tipo de delitos, pero la persona que calumnie e injurie tendrá que responder civilmente si ha causado daños muy serios al honor, a la reputación de las empresas.

En ese sentido, explicó que la persona natural o jurídica que ha sido afectada tendrá la opción de interponer una querella para iniciar un procedimiento penal o acudir a la interdicción civil.

Libertad de prensa

Por otra parte, en la discusión del Código Penal se desató la polémica en los artículos que establecen la responsabilidad penal para los directores de medios de comunicación y periodistas, y otros que participan en la denuncia de actos de corrupción. Varios diputados hicieron alusión a que con la redacción de varios artículos del nuevo Código se intenta frenar a medios de comunicación que realizan continuas denuncias de corrupción en el país.

Se trata del artículo 28 del Código Penal, que quedó en suspenso a petición del diputado Rasel Tomé, porque consideró que la redacción del mismo implica una “mordaza” a la libertad de prensa.

La consultora Esther Hava García dijo que el nuevo Código Penal se convierte en el pionero y vanguardista a nivel mundial en la protección de mujeres y se castiga la violencia de género, y obliga a los jueces y tribunales a interpretar todo el código en clave a género.