Coronel acusado de homicidio sigue activo en las Fuerzas Armadas

El coronel Víctor Ponce Martínez, acusado de homicidio y falsificación en un caso de manifestación en 2009, sigue activo en el Ejército, pese revocación de sobreseimiento

Coronel acusado de homicidio sigue activo en las Fuerzas Armadas
Tegucigalpa, Honduras

Las Fuerzas Armadas de Honduras mantienen como jefe de la Dirección de Información Estratégica (C-2) al coronel Víctor Alonzo Ponce Martínez​​​​​​, a pesar de que la Corte de Apelaciones en materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción ordenó en marzo de este año que el coronel sea enviado a prisión por suponerlo responsable de cinco homicidios, violación de los deberes de los funcionarios y falsificación de documentos.

En febrero de 2024, el Ministerio Público acusó a Ponce Martínez como principal responsable de la muerte de Víctor Evelio Martínez Álvarez, Roger Alberto Vásquez Reyes, José David Ramos Lambert, Mauricio Yonathan Echeverría Hernández y Michael Yair Ponce Sauceda, ocurrida el 1 de diciembre de 2017, cuando participaban en una manifestación poselectoral en la colonia López Arellano, en Choloma, Cortés.

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Según el expediente 0801-2024-132-CAPCC, el oficial habría dado la orden a elementos de la Policía Militar bajo su mando para disparar contra los manifestantes. Posteriormente, los militares habrían alterado la escena del crimen, mientras que Ponce Martínez supuestamente manipuló informes, influyó sobre los policías militares y dio de baja a involucrados en el caso.

Tras la acusación, el juez de primera instancia emitió sobreseimiento provisional, lo que llevó a la Fiscalía a apelar. En marzo de 2025, la Corte de Apelaciones confirmó el delito de falsificación de documentos públicos, reformó el delito de abuso de autoridad por violación de los deberes de los funcionarios, revocó el sobreseimiento provisional por homicidio y ordenó dictar auto de formal procesamiento, imponiendo prisión preventiva al oficial.

“Por mayoría se revocan las medidas cautelares que venía gozando distintas a la prisión preventiva contenidas en el artículo 173 numerales 5, 6 y 7 del Código Procesal Penal y ordena al juez de instancia que proceda a emitir la medida cautelar de prisión preventiva al señor Víctor Alonzo Ponce Martínez”, dice la resolución judicial.

Aunque, según esta sentencia judicial, el militar debería estar recluido, la Unidad de Investigación confirmó a través del coronel Edwin Roberto Lara Franco, director de Relaciones Públicas de las Fuerzas Armadas, que Ponce Martínez, integrante de la promoción 27, continúa desempeñándose desde 2024 como director del C-2. Lara evitó referirse a la situación legal de su compañero.

Se intentó conocer la posición oficial de la Fiscalía sobre el estado legal del coronel, pero no hubo respuesta. Sin embargo, la oficina de relaciones públicas de la Corte Suprema de Justicia informó que la resolución de la Corte de Apelaciones aún no ha sido notificada, porque la defensa del oficial interpuso un Recurso de Amparo con Suspensión del Acto Reclamado, el cual está pendiente de dictamen.

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En el expediente 0801-2024-132-CAPCC, la Fiscalía, mediante testigos, audios, videos y otras pruebas documentales, argumenta cómo Ponce Martínez, habría abusado de su cargo como comandante del Segundo Batallón de la Policía Militar, junto con sus subalternos, habría manipulado la escena del crimen y obstruido la justicia cuando estaba obligado a cooperar por las funciones que desempeñaba.

En declaración testifical bajo prueba anticipada, el testigo protegido Gavilán relató que: “se encontraba en el lugar del hecho y refiere que observó entre otras cosas cuando agentes de la PMOP, disparaban contra una persona que resultó víctima en el hecho, así mismo observó cuando un miembro de la PMOP lanzaba un arma cerca del cuerpo de la víctima”.

El informe final de investigación realizado por uno de los agentes de la Agencia Técnica de Investigación (Atic) concluyen que el imputado se encontraba al mando del pelotón de Policía Militar que participaron en operativo a la altura de la colonia López Arellano, Choloma Cortés, el día del hecho y “la participación del imputado en los delitos de homicidio, ya que fue quien dio la orden de disparar, según testimonio del TP Clave XXL contra los manifestantes” y que además Ponce Martínez “redactó informes incongruentes sin veracidad de lo ocurrido en relación con lo establecido en los libros de novedades”.

Lo que dicen las investigaciones

También se le acusa de retardar las investigaciones. En actas de decomiso de 13 libros realizadas en el complejo militar del Segundo Batallón de la PMOP, los investigadores detectaron incongruencias entre estos documentos y el informe elaborado por el imputado, según consta en el expediente.

El oficio AJMFFAA-1190-023 del 25 de septiembre de 2023, firmado por el coronel Max Alonso Hernández Marcia, señala que siete personas consignadas por Ponce Martínez como presentes en el lugar de los hechos no figuraban como miembros de las Fuerzas Armadas, acreditándose información falsa en su informe.

Además: “según dictamen de escuchas telefónicas el imputado abusando de su autoridad al ser el oficial superior refiere que instruirá a los PMOP para que todos se pongan de acuerdo en decir lo mismo sobre el hecho y se abstengan de declarar”, lo cual ocurrió cuando la Atic llegó al Segundo Batallón de la Policía Militar para tomar declaración a 15 policías, quienes manifestaron que se abstendrían de declarar, considerado un acto de obstrucción de la justicia.

Igualmente, mediante audios de conversaciones telefónicas, la Fiscalía señala que Ponce Martínez realizó movimientos internos y dio de baja a seis militares involucrados en los homicidios y que tenían conocimiento de los hechos.

La Fiscalía presentó documentación de las bajas de los policías militares Cristhian Izau Osorio Fuentes, José Adolfo Castellanos Castellanos, José Ramón Funez Murillo y Lelis Armando Orellana Manzano, firmadas por el jefe de Recursos Humanos de las Fuerzas Armadas, capitán José Elías Álvarez Vásquez, que Ponce Martínez hizo llegar a la institución.

En sus alegatos, el Ministerio Público sostuvo que: “el imputado coronel Víctor Alonzo Ponce Martínez y sus subalternos policías militares manipularon la escena del crimen para ocultar evidencia y alterar la verdad de los hechos, lo que sugiere un conocimiento de lo sucedido y un intento deliberado de evadir responsabilidad y obstruir la justicia, todo lo anterior denota que en efecto el imputado participa a título de autor mediato por aparatos organizados de poder”.

La Fiscalía expuso que Ponce Martínez, en su calidad de comandante del Segundo Batallón de la Policía Militar del Orden Público, organizó y lideró el operativo para desalojar a los manifestantes en la colonia López Arellano, lo que lo coloca en una posición de autoridad y responsabilidad sobre los hechos.

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La defensa de Ponce Martínez aseguró que el Ministerio Público no pudo probar que el oficial dio la orden de abrir fuego contra los manifestantes ni se pudo determinar quiénes fueron los policías que dispararon. También alegó que no existe el delito de abuso de autoridad imputado por la Fiscalía y solicitó un sobreseimiento definitivo.

En el expediente 0801-2024-132-CAPCC se informa cómo Ponce Martínez habría cometido homicidio, violación del deber de los funcionarios y falsificación de documentos.

La Corte consideró que, respecto al delito de homicidio, la situación personal del procesado cambió, alterando los riesgos procesales del caso. Consta en el expediente que Ponce Martínez, a través de su apoderada legal, ha solicitado en varias ocasiones permiso para salir del país por actividades relacionadas con su cargo, presentando la documentación respectiva y cumpliendo los registros migratorios.

Sin embargo, la Corte valoró que: “En primer lugar, el señor Víctor Alonzo Ponce Martínez tiene antecedentes que evidencian una actitud de evasión ante las autoridades y un posible patrón de conducta que sugiere la intención de entorpecer el proceso penal”.

También consideró determinante la existencia de pruebas documentales que vinculan al procesado con la falsificación de documentos públicos:

“Dichas pruebas, que incluyen copias de los documentos falsificados y los testimonios de peritos expertos, demuestran que el acusado tuvo un rol activo en la creación y utilización de dichos documentos con la intención de inducir a error a las autoridades. Esto refuerza el riesgo de que el procesado, al tener acceso a tales recursos y medios, pueda utilizar su posición para manipular, alterar o destruir evidencias relacionadas con este delito y con otros elementos clave en el proceso judicial”.

Además, el historial del procesado incluye comportamientos que generan desconfianza sobre su disposición a colaborar con el proceso y las investigaciones, pues ha intentado influir en testigos clave e interferir en el acceso a pruebas cruciales. Dada la gravedad de los delitos imputados, la Corte concluyó que la prisión preventiva es necesaria y proporcional para evitar obstrucción de la justicia y garantizar la integridad de las pruebas y la eficacia del proceso.

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En consecuencia, la Corte de Apelaciones con Competencia Nacional en Materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción resolvió, por unanimidad: confirmar el delito de falsificación de documentos públicos en perjuicio de la fe pública, reformar el delito de abuso de autoridad al delito de violación de los deberes de los funcionarios en perjuicio de la administración pública, revocar el sobreseimiento definitivo por el delito de homicidio y ordenar al juez de instancia que emita el correspondiente auto de formal procesamiento.

Además, declaró sin lugar el sobreseimiento definitivo solicitado por la defensa y: “por mayoría se revocan las medidas cautelares que venía gozando distintas a la prisión preventiva, contenidas en el artículo 173 numerales 5, 6 y 7 del Código Procesal Penal y ordena al Juez de instancia que emita la medida cautelar de prisión preventiva al Señor Víctor Alonzo Ponce Martínez”, dictaminaron los cuatro magistrados de la Corte de Apelaciones.

ETIQUETA DE TRANSPARENCIA: Este artículo fue revisado y aprobado por un editor con ayuda de una herramienta de inteligencia artificial.

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