El Congreso Nacional aprobó la noche de este martes la Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano, una normativa que declara de interés nacional la racionalización del gasto público y establece medidas fiscales y financieras extraordinarias, excepcionales y temporales para atender la situación que afecta las finanzas del Estado.
La ley tiene como propósito restablecer el equilibrio fiscal, promover el crecimiento económico sostenible, el desarrollo humano y preservar la estabilidad macroeconómica, además de fortalecer institucionalmente al Estado.
Entre sus disposiciones más relevantes, el artículo 3 autoriza al Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la ley, a realizar procesos de supresión, fusión o reducción de instituciones de la administración pública centralizada y desconcentrada.
Asimismo, permite la reducción forzosa de servicios o de personal, tanto con acuerdo de nombramiento como por contrato, por razones presupuestarias o para lograr una organización administrativa más eficiente.
El plan de liquidación que usará el Gobierno
La normativa garantiza el pago de indemnizaciones conforme a ley y sujeto a disponibilidad presupuestaria. Una vez efectuado el pago, este será oponible como extinción de obligaciones ante los tribunales. En caso de que el empleado se niegue a recibir la indemnización, el monto podrá consignarse ante la autoridad correspondiente para evitar el incremento de la cuantía.
Las instituciones descentralizadas y las municipalidades también podrán adoptar estas medidas conforme a sus leyes orgánicas. El texto menciona al personal que ganó concursos, incluidos maestros, médicos, enfermeras, policías, fiscales y trabajadores contratados durante la pandemia del covid-19.
En cuanto a sentencias judiciales contra el Estado, el artículo 4 establece que las órdenes de embargo deberán notificarse directamente a la Tesorería General de la República (TGR) y a la institución condenada. Los pagos estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y no podrán afectar el servicio de la deuda pública, el pago de salarios ni el presupuesto operativo institucional.
Si se requiere reforma presupuestaria para cumplir con una sentencia, la Secretaría de Finanzas (SEFIN) deberá iniciar el trámite en un plazo de hasta tres meses para el Presupuesto General y de un mes para los presupuestos institucionales. Si transcurren 12 meses sin ejecución del pago, el juzgado podrá aplicar el procedimiento de apremio. Las cantidades líquidas devengarán el interés legal fijado en el Código Civil mientras se ejecuta la sentencia.
La ley también faculta a la Procuraduría General de la República (PGR) a realizar conciliaciones judiciales y participar en arbitrajes nacionales e internacionales para evitar perjuicios económicos mayores al Estado. Los acuerdos deberán contar con disponibilidad presupuestaria certificada por SEFIN y ser homologados por el juez correspondiente. Cuando el monto sea igual o superior a cinco millones de lempiras (L 5,000,000), se requerirá opinión favorable de una comisión especial de diputados nombrada por el presidente del Congreso Nacional.
Además, se autoriza a los titulares de las instituciones públicas a realizar un diagnóstico de actos y contratos emitidos antes de la entrada en vigencia de la ley —como nombramientos, despidos, concursos, contratos de bienes y servicios, obras, concesiones y licencias— cuando se hayan emitido sin cumplir requisitos legales o sin previsión presupuestaria. En esos casos, podrán proceder a su anulación, cancelación, revocación, rescisión o modificación.
La Secretaría de Finanzas podrá efectuar movimientos presupuestarios entre gasto corriente y gasto de capital en instituciones del Ejecutivo, previa aprobación del Congreso Nacional. Asimismo, las entidades públicas podrán celebrar convenios con el Tribunal Superior de Cuentas para auditorías preventivas, concurrentes o posteriores.
Para la aplicación de los artículos relacionados con reducción institucional y ejecución de sentencias, no serán aplicables disposiciones de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo ni varios artículos de la Ley de Servicio Civil y su reglamento.
La normativa obliga a las instituciones a remitir cada seis meses al Congreso Nacional un informe detallado sobre los hallazgos y resoluciones adoptadas en el marco de esta ley, cuya aprobación abre un amplio debate sobre su impacto en la estabilidad laboral y la estructura del aparato estatal.