24/04/2024
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Tribunal declara culpable a pastor evangélico por violar a su hijastra

  • 11 enero 2023 /

En el juicio se comprobó que José Alexander Coto Bonilla abusó de la niña durante cinco años, la sacaba de la casa diciendo que iba a predicar y la violaba en lugares solitarios.

SAN PEDRO SULA

Durante cinco años abusó de su hijastra y la amenazaba con matarla a ella y su mamá si contaba lo que le hacía, no solo la acosaba en su hogar, sino que con el pretexto de ir a predicar la llevaba a lugares solitarios para abusarla sexualmente.

Esto es parte del fallo en el juicio contra José Alexander Coto Bonilla, a quien ayer los jueces de la sala Primera del Tribunal de Sentencia de San Pedro Sula lo declararon culpable de violación agravada y agresiones sexuales agravadas en perjuicio de su hijastra.

Para saber

La audiencia de individualización de la pena contra José Alexander Coto Bonilla será el miércoles 25 de enero.

El pastor evangélico podría enfrentar una condena de más de 25 años de prisión.De acuerdo con la relación de hechos, Coto Bonilla y la madre de la víctima vivían en Choloma con la niña.

Fue en el año 2014 cuando la pequeña tenía 10 años que su padrastro comenzó a tocarla aprovechando que se quedaban solos en la casa, esto lo hizo durante dos años.

Cuando la niña cumplió 12 años, el pastor, según se expuso en el juicio, comenzó a abusar sexualmente de ella, esto lo hizo hasta que la víctima cumplió 15 años.

“Con el pretexto de que iban a predicar en los autobuses sacaba a la menor de la vivienda y la trasladaba a lugares despoblados para abusar sexualmente de ella, bajo la advertencia de que si contaba lo ocurrido le causaría la muerte”, cita el fallo.

Para saber

En Honduras, la pena para el delito de violación agravada va desde 15 años 2 meses hasta 17 años de prisión, mientras la agresión sexual agravada entre nueve años cuatro meses y 10 años y tres meses de cárcel, según el nuevo Código Penal.

Con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal en 2020 desaparece la tipificación de “violación especial”, pero el artículo 249 que reconoce la violación sexual define como agravante que la víctima sea menor de 14 años, aumentando la pena en un tercio.

“El Tribunal alcanza certeza en el delito en vista de que al observar la declaración de la menor rendida bajo la modalidad de prueba anticipada admitimos que se trató de un testimonio claro, narrando los hechos de manera coherente. Bajo esa perspectiva, el Tribunal no tiene elementos que surgieran que la menor estaba confabulando o que su manifestación fuera a afectar al acusado”, indica el documento judicial.

La Fiscalía de Protección a la Niñez presentó en el juicio como medios de prueba la declaración de la niña agraviada como prueba anticipada, el testimonio de la tía de la menor, así como pruebas documentales y periciales, entre ellos, los dictámenes de Medicina Forense, psicológico y de trabajo social.

Un informe presentado en 2022 por el Centro de Derechos de Mujeres indica que en 2021 el Ministerio Público recibió 3,305 denuncias de violencia sexual a nivel nacional, de estas el 88% fueron realizadas contra mujeres: 2,896.

En Honduras cada tres horas una mujer o niña denuncia una agresión sexual.

Hirió y abuso de una joven de 16 años

SAN PEDRO SULA. Los jueces de la sala Primera del Tribunal de Sentencia por unanimidad declararon culpable a Erlin Rosué Robles Guevara (de 30 años), acusado por el Ministerio Público del delito de violación en perjuicio de una jovencita de 16 años.

Presentando pruebas médicas y testificales durante el juicio en los Tribunales de Sentencia de San Pedro Sula, la Fiscalía de Protección a la Niñez logró demostrar que Robles Guevara abusó sexualmente de la menor el 12 de abril de 2021 en horas de la noche en una casa abandonada cerca de una escuela en una colonia del sector López Arellano de Choloma, previo a interceptarla en un pasaje.

Luego de abusar sexualmente de la adolescente le hirió los brazos y las piernas con una hoja de afeitar y le dijo “para que recordés que no era broma lo que te dije que te iba a pasar”, cita el fallo condenatorio.