Después de que el diputado Tomás Zambrano sometió a consideración del pleno del Congreso Nacional un proyecto de ley orientado a suspender las medidas sustitutivas de cárcel en al menos 33 delitos, el Poder Legislativo pidió la opinión de la Corte Suprema de Justicia.
La suspensión de la libertad provisional para ciertos delitos es debido a cifras de la Secretaría de Seguridad, que establecen que el 40% de los ilícitos son cometidos por personas que están siguiendo un proceso penal en libertad.
En 2002, Honduras estrenó el Código Procesal Penal que establece como principio seguirle el proceso en libertad al imputado hasta que se le establezca una sentencia. Para lograr esa libertad, las personas deben acreditar cierto arraigo.
Hay posiciones encontradas en el tema; por un lado se pide descongestionar los 23 presidios del país, que mantienen a unos 12 mil reclusos, pero por otro se establece la eliminación de medidas sustitutivas de prisión, que incrementarían la población carcelaria.
El diputado Zambrano, en sesión ordinaria, pero como parte del receso que tienen los diputados para dedicarlos a sus campañas proselitistas, presentó el pasado miércoles la propuesta de ley de dos artículos, pero no se puede dictaminar aún sin la opinión favorable de la Corte, la que solicitó el Congreso desde ayer.
El parlamentario, en su proyecto de ley, pide reformar por adición el decreto 9-99-E, del 19 de diciembre de 1999, contentivo del Código Procesal Penal, adicionándole el artículo 84-A.
Para sus efectos, el artículo uno contiene más de 33 delitos a los que no se les puede aplicar ninguna medida que sustituya la prisión mientras se le sigue proceso.
Entre los ilícitos que permitirán cárcel de inmediato al imputado están homicidio, asesinato, parricidio, aborto, violación, lujuria y trata de personas.
El parlamentario incluyó entre los delitos que no admitirían libertad en el proceso la rebelión para los promotores, dirigentes y cabecillas, contrabando y defraudación fiscal, delitos financieros, delitos relacionados con el tráfico de drogas, estupefacientes y delitos relacionados con el lavado de activos.
Según el proyecto de ley, las anteriores infracciones están contemplados en los artículos 116, 117, 118, 126 numeral 3, 140, 141,149-D, 149-E, 181-A, 192, 201, 195, 196-A, 209, 214, 218, 218-B, 218-D, 222, 256, 257, 258, 270, 279, 302, 303, 304, 305, 307 párrafos 2 y 3, 310-A, 313, 218, 319, 322, 323, 328, 329, 330, 332, 332-A, 336, 392-C numeral 4, 392-E numeral 3, 394-B 394-C, 394-E, 394-F, 394-G, 394-I, 394-P, respectivamente, del Código Procesal.
En la exposición de motivos establece Zambrano que la iniciativa se fundamenta en que las medidas cautelares sustitutivas a la prisión preventiva se han convertido para muchos en una forma de evadir la justicia, jugando a favor de la impunidad.
Opinión de la Corte
Cabe mencionar que el dictamen está a cargo de la comisión de seguridad, que preside el diputado Mario Pérez, que adelantó se pedirá la opinión de la CSJ, requisito indispensable cuando se pretende una reforma de cualquier código.
Agregó Pérez: “La verdad es un proyecto del que se ha venido hablando enlos últimos días y está orientado a restringirles a los jueces la facultad de otorgar medidas sustitutivas para ciertos delitos, principalmente los del crimen organizado, los que tienen una pena de reclusión muy alta.
No podemos negar que a veces se han cometido abusos al otorgar medidas sustitutivas a personas que son de mucha peligrosidad y después no cumplen las medidas que se les impone, sino que se fugan del proceso”.
El proyecto se analizará y se le pedirá la opinión a la Corte Suprema de Justicia porque implica reformar el Código Procesal Penal y una vez que se cuente con la opinión del máximo tribunal de justicia se abrirá la discusión de la iniciativa.
Entre tanto, aclaró, los jueces tienen la libertad de otorgar las medidas sustitutivas; casi no hay restricciones, solo se señala en el Código que en caso de crimen organizado no se otorgan, pero no existe un catálogo definido de qué delitos son los que califican.
“En la práctica se da lo contrario. Ha habido casos famosos, como el de las armas y granadas de Olancho, en que una jueza otorgó medidas sustitutivas a esos imputados y no volvieron a firmar a los juzgados como se les había impuesto. Se quiere regular de forma que ya no puedan estar esos abusos y que las medidas sustitutivas sean para las personas que no son peligrosas y que se van a someter al proceso hasta el final”.
No beneficiarán a criminales
Juan Orlando Hernández, presidente del Congreso, manifestó que esas medidas sustitutivas que dan en los juzgados serán reformadas para no beneficiar más a los criminales.
Los estudios demuestran que los delincuentes aprovechan estas medidas sustitutivas para seguir delinquiendo mientras el juicio sigue su curso. Propuso además que la idea es que “jueces nacionales, con seguridad y cuyas identidades no sean muy conocidas en los lugares donde se llevan a cabo el proceso, emitan las sentencias sin temor a amenazas de muerte”.