26/04/2024
07:43 AM

Empresa privada de Honduras pide que prórroga de ISR sea incluyente

Ejecutivo propone solo beneficiar a pequeñas y medianas empresas que cerraron por emergencia. Cámaras de Comercio y Cohep plantean que el alivio sea mas amplio.

Tegucigalpa, Honduras.

Un amplio sector de la empresa privada de Honduras objetó por “excluyente, tibia e irrelevante” la propuesta del Poder Ejecutivo de prorrogar la presentación y pago de la declaración jurada del impuesto sobre la renta (ISR), activo neto y aportación solidaria hasta el 31 de agosto de este año a raíz de la suspensión de garantías y emergencia sanitaria adoptadas por el Gobierno para frenar el avance del COVID-19.

La iniciativa, a cuyo texto tuvo acceso Diario LA PRENSA, fue enviada el viernes al Congreso Nacional para su aprobación en respuesta a una solicitud del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) para ayudar a la recuperación de miles de pequeñas y medianas empresas golpeadas por la pandemia del coronavirus desde marzo.

Foto: La Prensa


Después de casi tres meses de encierro total, las empresas y comercios de Tegucigalpa y San Pedro Sula han retomado gradualmente la actividad comercial

La propuesta formulada por el Cohep es amplia y abarca a todas las empresas afectadas en sus ingresos; sin embargo, la iniciativa del Ejecutivo solo incluye a aquellos pequeños y medianos contribuyentes que no han desarrollado ningún tipo de actividad económica durante el estado de emergencia y deja al margen a todos los que han operado de “forma total o parcial”.

El plazo del pago del ISR expira el 30 de junio de 2020.

La propuesta

El artículo 1 de la iniciativa establece que se “concede prórroga a los obligados tributarios categorizados como pequeños y medianos contribuyentes para la presentación y pago de la declaración jurada del impuesto sobre la renta, aportación solidaria y activo neto; así como de la presentación y pago de las declaraciones de la contribución del sector social de la economía; impuesto específico de renta único sobre arriendo o alquiler de viviendas o edificios de apartamentos; contribución especial sobre los excedentes de operación que obtengan las universidades privadas, escuelas e institutos de enseñanza preescolar, primaria y media; y, a la contribución social del sector cooperativo; todas correspondientes al período fiscal 2019, de las cuales, tanto su obligación formal como material, deberán cumplirse a más tardar el 31 de agosto de 2020”.

Foto: La Prensa

Después de casi tres meses de encierro total, las empresas y comercios de Tegucigalpa y San Pedro Sula han retomado gradualmente la actividad comercial

En aquellos casos en los que el obligado tributario categorizado como mediano o pequeño contribuyente tenga autorizado un periodo fiscal especial según lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se le concede una prórroga de dos meses adicionales contados a partir de la fecha en la que normalmente deba cumplir con sus obligaciones formales y materiales descritas en el párrafo anterior.

3 Claves para saber
1. Forma de pago:
Las cuotas de los pagos a cuenta del impuesto sobre la renta (ISR) del período fiscal 2020 deben calcularse sobre 75% del monto del ISR determinado en el período fiscal 2019, y las fechas de pago de las tres primeras cuotas se prorrogan de la siguiente forma:.
2. Pago diferido
La primera cuota del impuesto sobre la renta se pagará hasta el treinta (30) de septiembre de 2020, la segunda cuota hasta el treinta (30) de noviembre de 2020, y la tercera cuota se enterará hasta el treinta y uno (31) de enero de 2021.
3. Casos especiales
En los casos de obligados tributarios que tengan autorizados periodos fiscales especiales, las fechas de vencimiento del pago de las tres primeras cuotas de los pagos a cuenta del periodo fiscal 2020 se prorrogarán por dos meses adicionales a la fecha normal de pago..

La prórroga concedida en el artículo anterior es aplicable únicamente para aquellos obligados tributarios que durante el periodo de restricción de garantías constitucionales decretado por el Poder Ejecutivo hasta la fecha de entrada en vigencia del presente decreto no han desarrollado ningún tipo de actividad económica. Por lo tanto, todos los medianos o pequeños contribuyentes que durante ese tiempo han desarrollado actividad económica ya sea de forma total o parcial deberán cumplir con las obligaciones formales y materiales según lo dispuesto en el artículo 1 del decreto legislativo 33-2020.

Insuficientes

Al respecto, el director ejecutivo de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa (Ccit), Rafael Medina, fue categórico al afirmar que nadie puede pagar impuestos ahorita, porque lo prioritario es salvar los empleos y, además, ha sido mínimo el movimiento comercial en los últimos tres meses.

“No es justo poner a una empresa en la disyuntiva de escoger qué pagar: compromisos laborales, impuestos o servicios; no es que no se quiera pagar nuestras obligaciones fiscales, es que no podemos y la prórroga no debe ser solo para pequeños y medianos contribuyentes, sino para todos”, remarcó el líder empresarial.

Empresa privada de Honduras pide que prórroga de ISR sea incluyente

Después de casi tres meses de encierro total, las empresas y comercios de Tegucigalpa y San Pedro Sula han retomado gradualmente la actividad comercial.

Pedro Barquero, presidente de la Cámara de Comercio e Industrias de Cortés (CCIC), consideró que ese decreto es “insuficiente y son medidas tibias e irrelevantes para la economía porque se necesitan acciones más contundentes”. “Se necesita dar una prórroga de impuestos a todo el mundo, a las personas y empresas independientemente de su tamaño, por lo menos hasta diciembre, incluida la eliminación de los pagos a cuenta de este año, porque la liquidez está siendo fuertemente afectada”, apuntó Barquero.

Agregó que hay cientos de empresas que si bien han operado en este periodo de emergencia, sus ingresos han sido pocos porque la gente no ha podido circular normalmente por las medidas de restricción emitidas por el Gobierno desde marzo.

“Recordemos que en el mejor de los casos solo el 10% de la población ha podido circular por el último dígito de la identidad y en consecuencia las ventas diarias han sido mucho menores de lo que eran; entonces aún los que estuvieron trabajando en forma parcial o completa sus ventas son muy pequeñas y no tienen liquidez para pagar impuestos y es mucho más grave la situación para los que no hemos trabajado”, ilustró.

El dirigente empresarial manifestó que por la poca liquidez que hay en este momento deben ser pagar las planillas y para tratar que los negocios sobrevivan a la pandemia, por ende no debe ser prioridad en este momento el pago de impuestos.

500,000
Trabajadores hondureños
fueron suspendidos o perdieron sus empleos durante la pandemia.
1,000
Millones de dólares
Es el monto de las pérdidas en el sector turismo en Honduras por el COVID-19.
10,000
Millones de lempiras es
Según la SAR y Finanzas, la caída de los ingresos tributarios en el país.

Dijo que el Gobierno debe hacer un verdadero sacrificio fiscal para rescatar la economía del pueblo hondureño y financiar su gasto con los $2,500 millones que le facilitará en préstamos la comunidad internacional.

Gustavo Solórzano, gerente de asesoría legal del Cohep, dijo que no están de acuerdo con lo que propone el Gobierno porque no es posible que se hagan excepciones en cuanto a permitir que solo los obligados tributarios que no hayan operado durante la suspensión de garantías sean beneficiados.

“De igual forma es importante que el cálculo del ISR se dé con base en el 50% de lo que fue en 2019. Los contribuyentes requieren liquidez, si después resulta que obtuvo mayores ingresos del 50%, en la liquidación del impuesto, el Gobierno recibirá el impuesto; pero ahora es indispensable que se genere liquidez”, acotó el representante empresarial.