Que quede en funciones una comisión permanente del Congreso Nacional, previo al período de receso de junio de los diputados, abre un nuevo debate entre los sectores.
A un día para que los parlamentarios entren en el receso establecido en la Ley Orgánica secundaria reformada en 2014, sectores argumentan que la Constitución solamente contempla la vigencia de la comisión permanente durante la clausura de la legislatura comprendida entre el 1 de noviembre al 24 de enero.
“Esto de la comisión permanente es propio de este Congreso, no digo que sea ilegal, sin embargo, la comisión permanente únicamente puede operar en el receso de las sesiones ordinarias, es decir estas terminan el 31 de octubre y se vuelve a iniciar la siguiente legislatura el 25 de enero del siguiente año”, explicó el abogado constitucionalista Juan Carlos Barrientos.
Adicionó que “o sea que durante noviembre, diciembre y casi todo el mes de enero no hay sesiones, en ese tiempo puede operar la comisión permanente”.
Maribel Espinoza, diputada del partido Salvador de Honduras (PSH), reiteró que “la comisión tiene como finalidad que el Poder Legislativo no caiga en inoperatividad, sin embargo, sus tareas asignadas son limitadas y en ningún momento puede suplantar las atribuciones del pleno”.
El diputado liberal José Alfredo Saavedra señaló que “mi opinión personal es que no debe de instalarse una comisión permanente, lo que debe hacerse es mandar mensajes que traigan certeza a la población”.