14/12/2025
04:42 PM

Permitirán el uso de fondos de IVM para sustentar servicios

  • Actualizado: 13 enero 2015 /

Tegucigalpa, Honduras.

El Congreso Nacional conoció ayer el dictamen de la ley de Previsión Social. El documento que deberá ser aprobado en sesión ordinaria con dos tercios de votos de la totalidad de los diputados no contiene mayores cambios de los que ya se habían hecho a la tercera propuesta.

Esto a pesar de que los sectores privado, obrero y civil presentaran cada uno sus recomendaciones.

Una de las pocas recomendaciones aceptadas se refiere al fortalecimiento de la red de atención primaria en salud y un modelo de prevención para pasar de la medicina curativa. Además, se agrega la cobertura de enfermedades catastróficas.

La ley

En la propuesta de ley se plantea que los hondureños puedan acceder a servicios de salud y previsión bajo un régimen del piso de protección social, seguro de previsión social, seguro de atención de la salud, seguro de riesgos profesionales y seguro de desempleo y otras causas de terminación de la relación de trabajo.

Referente al Piso de Protección Social (PPS), indica que este régimen, no contributivo, garantiza el acceso a servicios esenciales y transferencias sociales para las personas más vulnerables (en situación de pobreza), como servicios básicos y educación.

En el Régimen de Previsión Social se prevén medios económicos de subsistencia por invalidez, vejez y muerte.

Esto bajo dos pilares: uno de capitalización colectiva y otro complementario de cuentas individuales. En cuanto al seguro de Atención de la Salud, el dictamen mantiene la creación de un pilar contributivo y otro subsidiado para las personas que no puedan pagar sus cuotas de cotización.

Explica que los servicios serán prestados y administrados por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) y rectorados por Salud pública. El documento mantiene además la posibilidad de que el IHSS contrate gestores públicos o privados para dar los servicios. La ley, que entrará en vigor 20 días después de su publicación en el diario oficial La Gaceta, señala que aplicará de forma gradual hasta que se determinen las condiciones de sustentabilidad financiera.

Sin embargo, el artículo 52 indica que hasta que el Seguro de Atención de la Salud, que integra todos los servicios médicos, no logre el presupuesto requerido para sostenerse, se podrán utilizar los ingresos de las reservas, es decir del actual régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM). “Los primeros incrementos de ingresos que se registren a las reservas del Instituto Hondureño de Seguridad Social (es decir IVM), producto del incremento porcentual en las cotizaciones y aportaciones, pasarán a formar parte de los ingresos contables del Régimen del Seguro de Atención de la Salud y podrán ser utilizados para cubrir las obligaciones de este”, dice el documento.