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Multas de hasta L2.2 millones a cooperativas que laven activos

  • 15 noviembre 2019 /

Las multas se harán efectivas en la Oficina Administradora de Bienes Incautados (Oabi)

    Tegucigalpa, Honduras.

    Las reformas a la Ley de Cooperativas de Honduras aprobadas en un 90% por el Congreso Nacional contemplan multas desde 10 hasta 100 salarios mínimos en su monto más alto cuando violen la Ley de Lavado de Activos.

    Eso significa que las cooperativas pueden ser sancionadas hasta con 1.1 millones de lempiras, sin perjuicio de las responsabilidades penales que procedan.

    En caso de reincidencia, la sanción debe ser el doble de la multa señalada, lo que indica que el monto puede llegar hasta los 2.2 millones de lempiras.

    Núcleo de las reformas.

    El núcleo de las reformas, según los considerandos del dictamen de la ley, es fortalecer la garantía de los ahorrantes.

    Dato
    En Honduras hay más de 1,000 cooperativas reguladas y la mayoría presta dinero a intereses más bajos que el resto del sistema financiero.

    Las modificaciones a la ley están orientadas a mejorar la integración de sus cuadros directivos, atribuciones y prácticas financieras, para evitar o reducir el riesgo de sus aportantes.

    La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) tendrá la responsabilidad únicamente de supervisar a la superintendencia de cooperativas de ahorro y crédito, para lo cual está investida de las mismas facultades de supervisión y sanción que se establecen en el marco de su propia ley y demás legislación vigente aplicable al sistema financiero.

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    Entre tanto, el Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas (Consucoop), como órgano de supervisión cooperativa, debe revisar, verificar, controlar, vigilar, fiscalizar a las cooperativas.

    Asimismo, corresponde a este órgano aplicar las sanciones en lo que proceda, incluyendo lo relativo al cumplimiento de la Ley Especial Contra el Lavado de Activos, para lo cual debe emitir lineamientos especiales, de acuerdo al tamaño de la organización, estructura, recursos y complejidad de las operaciones de las cooperativas.

    Para cumplir con dichas funciones, el Consucoop debe utilizar una metodología de supervisión con enfoque basado en riesgo. Asimismo, emitirá la normativa respectiva o directrices necesarias para garantizar el cumplimiento de las políticas antilavado y antifinanciamiento del terrorismo, contempladas en las leyes aplicables.

    Los recursos generados por sanciones firmes y que sean asignados, deben ser utilizados con la finalidad exclusiva de fortalecer los procesos de prevención, detección y supervisión de los delitos

    tipificados en la Ley Especial contra el Lavado de Activos y en la Ley Contra Financiamiento del Terrorismo.

    Las cooperativas deben reportar a la CNBS las transacciones en efectivo de alto monto.