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Moncho Lobo y Cerrato no irían a prisión

  • 08 noviembre 2018 /

Los imputados son acusados de embolsarse 8.4 millones de lempiras a través de la emisión de 84 cheques.

Tegucigalpa, Honduras

Los señores Ramón Lobo Sosa y Wilfredo Cerrato Durón no pisarían la cárcel tras ser implicados por la Unidad Fiscal Especial contra la Impunidad de la Corrupción (Ufecic), en el denominado caso “Caja chica del hermano”.

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El pleno de magistrados de la Corte se apresta este día a designar al juez natural y la corte de apelaciones de este caso.

El Código Procesal hondureño en su artículo 184 no contempla los delitos de fraude y apropiación, por lo tanto no se les puede imponer la medida de prisión preventiva.

“En principio, en estos casos específicos, el delito por el cual se les está imputando es un delito que no está comprendido en el catálogo, para los cuales hay una prohibición para los jueces de cualquier naturaleza para poder librar una orden de captura”, explicó el abogado penalista Juan Carlos Sánchez.

La gravedad la establece el Código Penal en función de la pena, pero es una cuestión subjetiva que los jueces pueden manejar, tomando en consideración el arraigo y otras consideraciones en el no peligro de fuga del imputado, señaló el profesional del derecho.

Sumado a ello, el artículo 183 del mismo Código Procesal Penal prohíbe a los jueces decretar prisión preventiva a los mayores de 70 años. En el caso “Caja chica del hermano”, Ramón Lobo Sosa tiene 90 años de edad y Wilfredo Cerrato 71 años.

“Tenemos entendido que las personas que han sido acusadas por el Ministerio Público tienen esta prerrogativa, por lo tanto considero y esperamos que el juez natural que se nombre en este caso mandará a citar a las personas imputadas”, manifestó el abogado Sánchez.

Sin embargo, explicó que el juez no está obligado a saber la edad, en todo caso debería existir una presentación voluntaria para poner en conocimiento al juez o a través del apoderado legal.