Mientras a todas luces se conoce que el Congreso Nacional aprobará el perdón y el olvido para quienes participaron antes, durante y después de los hechos del 28 de junio de 2009, el debate se centra en cuáles de los delitos por los que se acusa a Manuel Zelaya son políticos, conexos y comunes.
El Ministerio Público libró requerimientos fiscales contra el ex Presidente por delito contra la forma de gobierno, traición a la patria, falsificación de documentos públicos, por el uso y abuso de autoridad, fraude al emitir decretos de emergencia y retirar dinero para gastos de publicidad, además de usurpación de funciones.
De los delitos que se le imputan a Zelaya, el reconocido abogado penalista y ex director de fiscales, Dagoberto Mejía Pineda, opina que tres son políticos y el cuarto es conexo a éstos. Por lo tanto, ninguno es delito común.
Ello significa que las acusaciones contra Zelaya en los Juzgados Unificados, por las cuales se libraron órdenes de captura, quedarían olvidadas y perdonadas con la amnistía.
“Todas las infracciones que atentan contra la seguridad del Estado tienen carácter político. El delito contra la forma de gobierno es político. El de traición a la patria también es político, el de abuso de autoridad es conexo al político y el de usurpación de funciones puede ser conexo a la forma de gobierno”, explicó Mejía.
Clasificación de los delitos
Según el diputado Rolando Dubón Bueso, en el decreto de amnistía que presentará mañana en el Congreso Nacional, va explícito cuáles son los delitos políticos, los conexos a los políticos y los comunes.
“Hemos querido ser muy puntuales en relación con los delitos políticos que abarcará la amnistía, si es aprobada. De igual manera se plasman los delitos comunes conexos que también serían objeto de amnistía, pero hemos agregado la prohibición clara de que los delitos de corrupción no entran en el decreto”, señaló Bueso.
Entre los delitos que el Congreso Nacional ha tipificado como políticos está el de traición a la patria, sedición, terrorismo, rebelión y atentando contra la forma de gobierno.
En los conexos a los políticos, que también gozan de la amnistía, clasificaron: abuso de autoridad, desobediencia y los cometidos por particulares o funcionarios en contra de las garantías y derechos que establece la Constitución de la República en relación con las personas.
En los delitos comunes está el de malversación de caudales públicos y enriquecimiento ilícito.
“En las acusaciones hay gastos que podrán ser delitos conexos a los políticos, pero hay otra cantidad de gastos millonarios que no van a estar ligados o vinculados a los conexos. Estos delitos ligados a la corrupción no pueden ser por ningún punto perdonados aunque abogados aleguen finalidad conexa.
Por eso quedan exentos de la amnistía la malversación de caudales públicos y el enriquecimiento ilícito. El pueblo teme y la sociedad condena que sean olvidados o perdonados por el Estado de Honduras”, agregó Dubón Bueso.
El Congreso Nacional se apresta a decretar amnistía para todos los involucrados en delitos políticos. No obstante, el Acuerdo Tegucigalpa-San José no establece la amnistía, ya que los firmantes acordaron eliminarla por solicitud del ex presidente Manuel Zelaya, quien aseguró que no necesita perdón por los delitos de que se le acusa.
Mel debe reconocer delitos
El asesor jurídico del Ministerio Público, Rigoberto Espinal Irías, explicó que la amnistía es el resultado de un proceso en que la persona responsable de la comisión del delito debe reconocer que la ley califica los delitos como políticos.
“Debe reconocerlo, admitirlo. Sabemos que el señor Manuel Zelaya rechaza toda manera de amnistía porque dice que no ha cometido ningún delito. Pero para gozar de la amnistía primero debe reconocer el delito. Hay que esperar qué determina el Congreso Nacional. Sólo sus miembros saben las interioridades de la propuesta de la amnistía. Habrá que esperar”, expresó Espinal.
Sobre cuáles considera delitos políticos, conexos o comunes entre los que se le imputan a Zelaya, Espinal Irías explicó que la Constitución de la República no define su clasificación, por lo cual se debe acudir a una ley secundaria como el Código Penal vigente.
“En el artículo 13 del Código Penal vigente encontramos diferentes conceptos. Para efectos penales se consideran delitos políticos los comprendidos en los capítulos 1, 2 y 3 del título 11 y el 2, 5, 6 y 7 del título 12 del libro segundo del Código Penal”, argumentó Espinal Irías.
En la Fiscalía General consta que la primera acusación contra Zelaya se hizo el 25 de junio de 2009 por abuso de autoridad (de 3 a 6 años de reclusión), delitos contra la forma de gobierno (de 6 a 12 años de reclusión), usurpación de funciones (de 2 a 5 años de reclusión) y traición a la patria (de 15 a 20 años de reclusión).
Una segunda acusación se hizo el 29 de junio de 2009 por tres abusos de autoridad (de 9 a 18 años de reclusión), fraude (de 6 a 9 años de reclusión) y por falsificación de documentos públicos (de 3 a 9 años de reclusión). Al considerarse estos delitos políticos y conexos por el Legislativo, Manuel Zelaya Rosales quedaría libre de los cargos, pero primero debe reconocerlos, dijo el abogado.
Argumentos judiciales que Fiscalía utilizó contra Zelaya
1. “Se le acusa por tratar de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente con el fin de cambiar la Constitución vigente, para lo cual desobedeció e incumplió órdenes judiciales y se atribuyó funciones que le corresponden únicamente al Tribunal Supremo Electoral, TSE”.
2. “Se presentó requerimiento fiscal contra el ciudadano Zelaya Rosales por haber contratado directamente servicios de publicidad y propaganda por un monto de 27 millones de lempiras, argumentando un estado falso de necesidad, sin la aprobación del acuerdo en Consejo de Ministros y sin la publicación debida en el diario oficial La Gaceta establecido en las leyes de la República”.
Claves
1. Zelaya renunció a la amnistía. Alega inocencia.
2. Zelaya fue denunciado por 18 delitos más, pero los casos no prosperaron.
3. Para ser amnistiado, Zelaya debe reconocer los delitos por los que se le acusa.
4. Al decretarse la amnistía, el trabajo de la Fiscalía se desecha.
5. La última vez que el Congreso Nacional decretó amnistía fue 23 de julio de 1991 a un grupo de campesinos.
6. En carta enviada a Obama, Zelaya reconoció 24 acusaciones en su contra, incluyendo narcotráfico, terrorismo y corrupción.
7. Fiscalía sólo reconoce cuatro delitos contra Zelaya: casos judicializados.
8. El presidente del Colegio de Abogados de Honduras, Óscar García, considera que no se puede aprobar una amnistía a matacaballo.
Lo dice la ley
Artículo 13-A Código Penal vigente libro 1
“Para efectos penales se consideran delitos políticos los comprendidos en los capítulos I, II y III del Título XI y II, V, VI y VII del Título XII del Libro Segundo del Código Penal. Son delitos comunes conexos con políticos los que tengan relación directa o inmediata con un delito político o sean un medio natural y frecuente de preparar, realizar o favorecer a éste”.
DELITOS POR LOS QUE SE ACUSA A MANUEL ZELAYA
•Contra la forma de gobierno.
•Traición a la patria.
•Falsificación de documentos públicos por el uso, abuso de autoridad, fraude al emitir decretos de emergencia y retirar dinero para gastos de publicidad.
•Usurpación de funciones.