'Cuando se habla de una cuarta urna hay que entender que en el Estado de Derecho actual no cabe de ninguna manera consultar sobre una Asamblea Nacional Constituyente porque el Congreso Nacional est?facultado para reformar la Constituci? hasta un 97 por ciento, s?o alrededor de siete art?ulos no puede reformar y estos representan el tres por ciento', dijo.
Al establecer la Asamblea Constituyente en el a? 1982 en la que se aprob?la Constituci? de Honduras se habl?de qu?art?ulos no se pod?n modificar y por lo tanto el legislativo cuando hace una reforma del art?ulo cinco establece tambi? que 'no se le puede consultar al pueblo' para modificar el art?ulo 374 ya que es un art?ulo p?reo.
En el art?ulo 374 establece que no podr? reformarse, en ning?n caso, ya que es de los art?ulos constitucionales que se refieren a la forma de gobierno, al territorio nacional, al per?do presidencial, a la prohibici? para ser nuevamente Presidente de la Rep?blica, el ciudadano que lo haya desempe?do bajo cualquier t?ulo y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la Rep?blica por el per?do subsiguiente.
'No es el momento'
?No hay que tenerle miedo a una consulta?, dijo Jos?Antonio ?ila, miembro de la Barra de Abogados Hondure?s Anticorrupci?, al referirse a la cuarta urna que ha sido defendida por el presidente Manuel Zelaya.
?Yo creo que la soberan? tal como dice la Constituci? de la Rep?blica est?en el pueblo?, agreg??ila, aunque asegur?que pese a que se puede realizar esta consulta, ?te no es el momento adecuado.
Jos?Antonio ?ila se?l?que no cree que el presidente Zelaya pretenda continuar como presidente de Honduras. A la vez, defendi?este tipo de mecanismos que se maneja ?en pa?es con mejor tradici? democr?ica como Costa Rica y Estados Unidos?.